Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 02 de octubre de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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Según el artículo 253 de la Ley del Régimen Electoral, las misiones de acompañamiento tienen por objeto "contribuir a la transparencia de la administración y gestión de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato".
Las instancias que enviarán comitivas al país son: Organización de Estados Americanos (OEA), la Unión Europea (UE), la Unión Interamericana de Organismos Electorales (Uniore), el Sistema de las Naciones Unidas, diplomáticos acreditados en el país y la Cancillería Británica.El ente electoral detalla que la presencia de las misiones de acompañamiento electoral tiene tres objetivos principales: Observar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias electorales; verificar la eficacia y eficiencia de la organización, dirección, supervisión, administración y ejecución del proceso electoral; e informar sobre la confiabilidad de los instrumentos técnico-operativos utilizados en la gestión del proceso.
Se aclara que "el acompañamiento electoral no tendrá efectos jurídicos sobre los procesos electorales y sus resultados; tampoco podrán atribuirse funciones y competencias electorales que corresponden al Órgano Electoral".
Finalmente, se explica que su trabajo concluirá con la entrega de un informe final donde considerarán aspectos como el Padrón Electoral, la campaña y propaganda, los sistemas de seguridad, el día de la votación, además de las campañas de información y comunicación desplegadas por el OEP.



