“Permitir que el presidente Evo Morales entregue obras diciendo que es solamente gestión y que no es campaña política, es un contra sentido en tiempo electoral. El Tribunal Constitucional se está convirtiendo en un agente de campaña. Esto es una total aberración jurídica. La Constitución indica que no puede haber ciertas diferencias, preferencias o desigualdades en campañas políticas”, manifestó el abogado constitucionalista, Williams Bascopé.
Lamentó que los poderes del país no tengan independencia, y mucho más, cuando el TCP “se puso la camiseta de agente de campaña y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) solo se limita a obedecer”.
Por otro lado, criticó a la oposición porque no puso una acción de inconstitucionalidad a pesar de conocer que la resolución del TCP solo aventaja al candidato Evo Morales.
El TCP sacó una resolución el 2016 que establece que el Tribunal Supremo Electoral no puede prohibir la difusión de gestión de Gobierno al Presidente y Vicepresidente.
“La Ley del Tribunal Constitucional resuelve declarar la inconstitucionalidad del artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, aprobado por el Tribunal Supremo Electoral”, establece el fallo del TCP.
El vicepresidente del TSE, Antonio Costas, explicó que la reglamentación será aplicada solo a la campaña electoral y el órgano electoral solo puede controlar el uso político de los actos gubernamentales.
Antes de 2016, el artículo 24 del Reglamento para Campaña establecía: “30 días antes de la votación hasta las 20 horas de la jornada electoral, las entregas de obras del Gobierno central o de los gobiernos autónomos podrán ser difundidas por canales de TV, radioemisoras, diarios y medios digitales solo como cobertura informativa. La transmisión de entrega de obras del Gobierno nacional o de los gobiernos autónomos no podrá superar los 15 minutos”.





