Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: viernes 20 de septiembre de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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La prohibición también alcanza a publicaciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, las asambleas departamentales, regionales, los concejos municipales y órganos deliberativos o legislativos de las autonomías indígena originario campesinas.
Esta medida va acorde a la Ley 026 del Régimen Electoral y al Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral en Elecciones.
Por otro lado, también hay restricciones a propaganda de empresas estatales. “Los mismos no podrán contener frases, imágenes, símbolos o cualquier otro elemento gráfico, sonoro o audiovisual, que solicite el voto, que promueva candidaturas, difunda ofertas programáticas o se refieran a los partidos políticos y alianzas participantes en el proceso electoral”.
Finalmente, el comunicado recuerda que queda autorizada la difusión de: a) Mensajes estrictamente informativos acerca de campañas educativas, de salud y deportes, de servicios públicos o promoción turística. b) Mensajes para la protección civil en situaciones de emergencia o información de carácter técnico que sea indispensable e impostergable para la población.
En ese marco, el Gobierno tuvo 116 días para difundir “propaganda gubernamental”, hasta el 20 de septiembre.
También tuvo 87 días para emitir propaganda electoral en actos públicos, desde el 22 de julio hasta el 16 de octubre; y a ello se debe sumar que cuenta con 26 días para la difusión de propaganda en los medios, desde el 20 de septiembre hasta el 16 de octubre.



