Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: viernes 20 de septiembre de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Choque indicó que ambas notas fueron enviadas debido a que, hasta el 5 de septiembre, fecha establecida en el Calendario Electoral como plazo para las sustituciones de candidaturas, las organizaciones políticas no sustituyeron a la totalidad de las y los candidatos inhabilitados en la primera etapa, lo cual generó una desproporción en la conformación de las listas de candidaturas respecto a la participación de mujeres.
“Nuestra misión como Órgano Electoral es garantizar que se cumplan los criterios de paridad y alternancia en las listas de candidaturas, por lo que emplazamos a las organizaciones políticas a que cumplan con la normativa vigente”, expresó Choque según una nota de prensa.
De acuerdo con el artículo 38 del Reglamento para las Elecciones Generales, “la sustitución de candidatas y candidatos para las senadurías, diputaciones y representantes ante organismos parlamentarios supraestatales deberá respetar los criterios de paridad y alternancia de género señalados en la ley, cumpliendo los plazos previstos en el calendario electoral”, texto que se recuerda en las notas enviadas por el tribunal electoral.



