No cabe duda de que la manera cómo el gobierno autorizó que fuera redactada esta ley tenía por objetivo anular las opiniones que afectaran al oficialismo y, todavía más grave, quitarse de encima a los rivales políticos.
Esa ley contiene varios artículos que son inconstitucionales, que acaban de ser utilizados para que el ente electoral censure la difusión de una encuesta nacional de la UMSA y la Fundación Jubileo, y que refleja una distancia menor entre los candidatos Evo Morales y Carlos Mesa. Si hubiera un Tribunal Constitucional independiente esos artículos ya hubieran sido derogados.
Se trata de los artículos 132 y siguientes de la mencionada ley, que limitan la posibilidad de publicar encuestas de opinión pública. El Tribunal Supremo Electoral se erige como un gran censor que decide qué se puede y qué no se puede publicar. Una sociedad debería permitir que las ideas circulen libremente, pero ésta y otras normas lo impiden.
Primero, la ley le da al TSE demasiadas atribuciones para establecer si una encuesta es aceptable o no. Segundo, establece limitaciones incomprensibles, como que los partidos políticos, los organismos internacionales o las misiones de observación no pueden divulgar las encuestas electorales que realicen. Tercero, establece penalidades a los medios que difundan esos resultados.
Todo ello contraviene a la Constitución que en su artículo 21 establece que los bolivianos tienen derecho a “expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva (…) y a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”.
El artículo 106 señala también que están garantizadas la “libertad de expresión, de opinión, de información y a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa”.
Lo peor de esa norma, sin embargo, es algo único a nivel internacional y se refiere a la sanción que un partido político enfrenta si alguno de sus dirigentes difunde una encuesta no autorizada previamente por el TSE: ¡la cancelación de su personería jurídica! Esto puede suceder a nivel nacional o departamental. Ya tuvimos un ejemplo nefasto en las elecciones subnacionales de 2015, cuando la totalidad de las candidaturas de Demócratas del departamento del Beni, es decir 228 en total, fueron anuladas. Fue uno de los momentos en los que el MAS y sus aliados del TSE hirieron de manera más terrible la democracia boliviana.
El quitarle el derecho a un partido o personas a participar en la vida política viola, entre otros, el artículo 26 de la CPE, que señala que todos los ciudadanos “tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva”.
Por eso la ley de régimen electoral es tan errada. Los entonces miembros del TSE (Dina Chuquimia, Wilfredo Ovando, Wilma Velasco, Ramiro Paredes, Fanny Rivas, Irineo Zuna y Marco Ayala) anularon la participación de ese partido opositor en el Beni, pero no hicieron lo mismo cuando un dirigente del MAS en La Paz (Jorge Silva) también divulgó datos de una encuesta o, como ocurrió más recientemente, cuando hizo lo propio la exministra de comunicación Gisela López.
No solo fueron anuladas en 2015 las 228 candidaturas de Demócratas en el Beni, sino que los medios que divulgaron la encuesta “no autorizada”, entre otros el diario La Palabra, recibieron fuertes penalidades y multas. Esa es la democracia actual, la que se basa en las amenazas, las presiones y las intimidaciones.