- El Deber - La Paz irá a las subnacionales sin vocales en el TED tras nuevo fracaso en elección
- VISION 360 - Exministro de Arce candidatea a la alcaldía de Sucre por alianza que aglutina a “evistas” y masistas
- Urgente BO - “Caso pavimento”: Audiencia de Jhonny Fernández será al mediodía y presencial
- Urgente BO - Aprehenden a la alcaldesa de Cobija, Ana Lucía Reis, por presunto incumplimiento de pagos
- Urgente BO - ¿Revilla podría ser inhabilitado? El TED admite demanda de Somos Pueblo
- ENCONTRADOS - Luis Revilla tiene 48 horas para presentar descargos y defender su candidatura a la gobernación
- Correo del Sur - TED Chuquisaca notifica a denunciados en 3 casos
- BRÚJULA DIGITAL - Diputados sesionan para elegir a los vocales del TED La Paz
- ENCONTRADOS - Elegirán a vocales del TED La Paz entre postulantes cuestionados
- EJU TV - Elegirán a vocales del TED La Paz entre postulantes cuestionados
- El Deber - Elegirán a vocales del TED La Paz entre postulantes cuestionados
Medio: EJU TV
Fecha de la publicación: jueves 09 de noviembre de 2017
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Democracia paritaria
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
- Política TCP declara inconstitucional el matrimonio de personas que cambiaron de identidad de género

El Tribunal Constitucional prohibió a las personas que cambiaron de identidad de género ejercer derechos fundamentales como el matrimonio.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucional el parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, referida al ejercicio de los “derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales de las personas que accedieron a cambiar su identidad.
El diputado Horacio Poppe (PDC), que presentó la acción de inconstitucionalidad contra esta ley, indicó que con este fallo del TCP se prohíbe a las personas que cambiaron de identidad de género contraer matrimonio, adoptar y criar hijos, entre otros aspectos.
“El TCP declara inconstitucional el parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, que daba supuestamente el derecho de contraer matrimonio de personas del mismo sexo de poder adoptar el pseudomatrimonio y acceder a ciertos beneficios como a cuotas en instancias de poder, indicó el diputado desde Sucre.
El parágrafo II del artículo 11 dice a la letra: “El cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen, permitirá a la persona ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales, así como las obligaciones inherentes a la identidad de género asumida.
La sentencia del TCP declara como inconstitucional la frase “ permitirá a la persona ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales
La sentencia, sin embargo, reconoce el derecho de las personas a cambiar de nombre propio, dato del sexo e imagen de personas transexuales y transgénero en toda documentación pública y privada vinculada a su identidad.
“Ellos pueden cambiar de nombre de identidad de género, carnet de identidad, todo aspecto, pero no tienen derecho al matrimonio, adopción y crianza de hijos, declaró Poppe y mencionó que los matrimonios de personas que cambiaron de identidad de género deben ser “anulados.
Fuente: paginasiete.bo



