Medio: El País
Fecha de la publicación: sábado 31 de agosto de 2019
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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“Elegir subgobernadores es lo mejor que tenemos la gente del pueblo. La gente de las demás provincias porque sería continuar con la autonomía provincial el defender el voto las autoridades. No queremos a ningún Gobernador en el departamento que vaya a imponer un subgobernador. En el caso de Yacuiba habrá elección de subgobernador y en Santa Cruz también. Tenemos el respaldo de que en el país se están eligiendo estas autoridades”, expresó.
La autoridad del Legislativo indicó que se tienen bases legales para respaldar la postura de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en defensa de la elección de subgobernadores a pesar de la contrariedad que significará con las normativas vigentes como la Constitución Política del Estado (CPE y el propio Estatuto Autonómico Departamental de Tarija (EADT).
El asambleísta, Mauricio Lea Plaza, advirtió, antes de ser aprobada en el pleno y remitirla al Gobierno departamental para su análisis, que la normativa no cumplía con las tres resoluciones constitucionales con rango de sentencia enviadas por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) cuando se le realizó la respectiva consulta. El estatuto anterior establecía la posibilidad de que estas autoridades sean electas, sin embargo, el TCP a través de estas resoluciones estableció que esa cualidad gubernativa no la pueden tener los subgobernadores.
Para la Gobernación y para los asambleístas de oposición estas sentencias fueron el punto final de un debate que tildaron de sin sentido; los subgobernadores no pueden ser electos por votación. Por su parte, antes de la aprobación de la ley en la Asamblea, el presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija, Gustavo Ávila Mercado, remitió una serie de recomendaciones y sugerencias a la directiva del Legislativo respecto a la ley electoral.
“En cuanto a la elección de los subgobernadores, el órgano electoral recomendó respetar la declaración que ha emitido el Tribunal Constitucional Plurinacional, de no elegir a los subgobernadores por voto popular”, fueron las palabras de Ávila.
Vega explicó que la ley electoral fue devuelta por el gobernador, Adrián Oliva, con varias observaciones en los puntos “claves” como la elección de subgobernadores y la distribución de escaños por población y territorio. “Nosotros a partir de lo que nos han mandando las observaciones hemos presentado a un equipo jurídico técnico para que pueda ver la parte legal y estamos esperando su respuesta para agendarla en el pleno (de la Asamblea)”, manifestó.
Se prometió que la primera semana de septiembre se inscribirá en agenda el análisis de las observaciones de la ley electoral, peor no hay una fecha concreta.
Un breve repaso desde los ejecutivos a subgobernadores
En el año 2009, se aprueba la Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, por lo que el Estatuto Autonómico se tuvo que modificar para adecuarse a la nueva ley. Allí, se planteó el cambio de nombre de ejecutivos seccionales a subgobernadores y surge la idea de elegirlos mediante voto.
La figura de los entonces llamados ejecutivos seccionales de desarrollo se encontraba incorporada en el Estatuto Autonómico Departamental de Tarija el 2008, en el capítulo quinto, porque estaban vinculados a los procesos de descentralización desde las provincias, mediante la designación por parte del Gobernador.
Sin embargo, el 2009 la Región Autónoma del Gran Chaco, realizó una movilización que logró modificar este último aspecto y se incluyó la elección por voto democrático mediante el Régimen Especial Autonómico Provincial, donde también se encontraba incluida la Asamblea Provincial.
Antes de la figura de los ejecutivos seccionales existían los corregidores mayores en los municipios que no eran capitales y subprefectos para los municipios capitales de provincia. Este mecanismo fue aplicado para desconcentrar administrativamente la Prefectura. El personal era asignado por el Prefecto.