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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: miércoles 04 de septiembre de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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La difusión se realizará como parte del derecho a la información que tiene la ciudadanía, “en el marco de sus derechos fundamentales a la comunicación y a la información, para la participación en los procesos electorales, según establece la Ley 026 del Régimen Electoral”.
Desde el 20 de septiembre hasta el miércoles 16 de octubre, 72 horas previas a la jornada electoral, se difundirá la propaganda gratuita. En ese periodo, las nueve organizaciones políticas podrán promocionar a sus candidaturas, difundir sus programas de gobierno y solicitar el voto de la ciudadanía mediante mensajes que serán emitidos a través de los medios del Estado.
De acuerdo al artículo 20 del Reglamento de Propaganda, “Todos los medios de comunicación estatal están obligados a la difusión gratuita”. En esa norma se establece que “la difusión se realizará de conformidad a los planes de difusión elaborados por el TSE para cada medio”.
En ese marco, después del sorteo, los frentes deberán enviar sus piezas al TSE (espots para televisión, cuñas radiofónicas y diseño para medios impresos), para que esa instancia electoral remita el material a los tres medios de comunicación estatales.



