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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: miércoles 04 de septiembre de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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El 28 de agosto, Jeanet Córdova presentó una demanda de inhabilitación ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) contra Díaz, porque supuestamente la candidata no reside en el distrito electoral que busca representar en el Legislativo.
Esa denuncia fue respaldada por la Junta de Vecinos del Casco Urbano Central, entidad que el 12 de agosto emitió un certificado en el que se señala que la postulante del MAS no es conocida como residente de la zona.
La Constitución Política del Estado (CPE), en su artículo 149, establece que para ser candidato al Legislativo se requerirá “haber residido de forma permanente al menos dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”.
Ante ese panorama, la postulante de 30 años e integrante de Juventudes del MAS aseguró que vive en la calle Junín hace muchos años y que salió bachiller del colegio Félix Reyes Ortiz y cursó el octavo nivel en la unidad educativa San Francisco Bedregal. “He vivido por toda la zona y tengo mis respectivos descargos”, dijo Díaz a Página Siete.
Entre las pruebas que presentará -subrayó- están su libreta de calificaciones y su certificado de votación. “Yo voté en el colegio Natalia Palacios, vivo en la calle Junín”, insistió la candidata oficialista.
Fuentes cercanas al ente electoral explicaron que si Díaz no emitió su voto en la circunscripción 9, “automáticamente debería ser inhabilitada”.
La denuncia en su contra, según Díaz, es parte de la campaña electoral. “Ahorita pueden decir una y mil cosas, yo creo que se tiene que hablar con pruebas, todos pueden decir tantas barbaridades y bueno me voy a remitir a presentar mis pruebas”, agregó.
La presidenta del Tribunal Electoral Departamental La Paz, Florencia Laruta, explicó que el caso debe ser resuelto por la Sala Plena del TSE, por tratarse de una elección nacional.
“Los ciudadanos tienen el derecho de impugnar con la documentación que pruebe que esa ciudadana no vive en el lugar donde se ha postulado, como señala el artículo 109 de la Ley. Ahora, es el TSE que resuelve el caso”, manifestó Laruta.
Un caso anterior
- Denuncia En septiembre de 2014 fue impugnada la candidatura Betty Yañíquez, porque no cumplía el requisito de residir dos años en la circunscripción que postuló. Luego, presentaron una denuncia contra Yañíquez por falsedad material.
- Habilitación Yañíquez se presentó como candidata y fue elegida como diputada por la circunscripción 7, que comprende barrios de la zona Sur.



