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Las personas mayores de 60 años no están obligadas a votar en las elecciones generales del 20 de octubre, recordó ayer la presidenta del Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz, Florencia Laruta.
“A partir de los 60 años no es obligatorio que vayan a emitir el voto; las entidades financieras tienen que hacer cumplir la norma, el reglamento, no pueden exigir el certificado de sufragio a las personas que tengan más de 60 años”, indicó en declaraciones a radio Panamericana.
El certificado de sufragio es el único documento que acredita que se cumplió con la obligación del voto.
Sin este documento o el comprobante de que se pagó la multa, las electoras y los electores, dentro de los noventa (90) días siguientes a la elección, no podrán: acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios y obtener pasaporte.
Están eximidas y eximidos de esta exigencia las personas que no pudieron votar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada documentalmente y quienes acrediten que estuvieron ausentes del territorio nacional al momento de la votación, refiere el artículo 154 de la Ley 026.
Las electoras y los electores que no puedan sufragar por causa justificada podrán tramitar el certificado de exención en los tribunales electorales departamentales, acompañando prueba documental pertinente, desde el 21 de octubre hasta el 19 de noviembre.
Inhabilitaciones
De acuerdo con el informe de Laruta, desde el 29 de agosto hasta ayer, solo 28 de 7.803 inhabilitados acudieron a las oficinas del Servicio del Registro Cívico (Serecí).
Del total, más de 6.000 personas fueron apartadas porque no cumplieron la labor de jurados en las elecciones judiciales de 2017.
Esas personas tienen que acudir a las oficinas del Serecí y justificar con documentos por qué no acudieron a cumplir su labor de jurado, que podría ser viaje o problemas de salud, y si carecen de un argumento respaldado tendrán que pagar una multa de 848 bolivianos, que representa el 40% del salario mínimo nacional (2.122 bolivianos).
Si el ciudadano no cumple con ninguno de los dos procedimientos, no podrá sufragar en las elecciones generales del 20 de octubre.
De las 28 personas que presentaron sus reclamos, seis, que fueron apartadas por no cumplir con la labor de jurados, pagaron la multa y serán habilitadas.
Laruta recordó que el plazo para realizar los reclamos concluirá el viernes 6 de septiembre y que ese día el TED y el Serecí atenderán hasta las 23.59.
También fueron inhabilitadas del registro las personas con doble identidad, error de captura y las que no sufragaron.
Los ciudadanos que tienen observaciones de registro deben apersonarse a las oficinas del Serecí con su cédula de identidad, en tanto que aquellas que no votaron deben pagar una multa del 25% del salario mínimo nacional (530 bolivianos).
Las que no pudieron sufragar por razones de salud o viaje también pueden presentar la documentación de respaldo para librarse de la sanción.



