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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: lunes 02 de septiembre de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Contenido
El caso de los medios de comunicación de alcance nacional, el registro deben hacerlo ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), mientras que los medios de comunicación de alcance departamental, regional o local, deben registrarse ante el tribunal electoral correspondiente a su departamento. El registro debe ser realizado en formato físico y en el sistema (https://registro.oep.org.bo/) que se habilitó para este cometido, tal como establece el Reglamento de Propaganda y Campaña en Elecciones Generales.
Al momento de la inscripción, los medios de comunicación también deben registrar sus tarifas por concepto de publicidad comercial y de transmisiones en vivo y en diferido en el formulario correspondiente.
Requisitos para el registro y habilitación de los medios de comunicación para la difusión de propaganda electoral pagada