Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: lunes 02 de septiembre de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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El caso de los medios de comunicación de alcance nacional, el registro deben hacerlo ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), mientras que los medios de comunicación de alcance departamental, regional o local, deben registrarse ante el tribunal electoral correspondiente a su departamento. El registro debe ser realizado en formato físico y en el sistema (https://registro.oep.org.bo/) que se habilitó para este cometido, tal como establece el Reglamento de Propaganda y Campaña en Elecciones Generales.
Al momento de la inscripción, los medios de comunicación también deben registrar sus tarifas por concepto de publicidad comercial y de transmisiones en vivo y en diferido en el formulario correspondiente.
Requisitos para el registro y habilitación de los medios de comunicación para la difusión de propaganda electoral pagada



