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La población tiene plazo hasta el 5 de octubre para presentar las demandas de inhabilitación a las candidaturas nacionales, en postulaciones de senadurías y diputaciones, ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
El plazo, establecido en el calendario para las elecciones generales del 20 de octubre, se sustenta en el artículo 209 de la Ley del Régimen Electoral, que hace alusión a los criterios de oportunidad y autoridad competente: “Las demandas de inhabilitación serán interpuestas hasta quince (15) días antes de la elección, para el caso de candidaturas o postulaciones a funciones con jurisdicción nacional, ante el Tribunal Supremo Electoral y, en los demás casos, ante los Tribunales Electorales Departamentales. Vencido el plazo, excepcionalmente se admitirán demandas de inhabilitación hasta tres (3) días antes de la votación, por hechos sobrevinientes comprobados”.
Esta actividad, que es la número 25 del calendario, empezó a ejecutarse el 12 de agosto. Las dos alianzas y siete organizaciones políticas tienen hasta el 5 de septiembre para realizar la sustitución de candidaturas por causa de renuncia a la nominación ante el Tribunal Supremo Electoral o Tribunales Electorales Departamentales. El día 15 se publicará la nómina ajustada de cada frente.