Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 14 de marzo de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El TCP sostiene que los solicitantes "no tienen legitimación activa dentro del proceso constitucional referido, por cuanto no son parte procesal en el mismo, bajo ninguna calidad, entendida esta como la identidad del sujeto activo al cual la ley concede el derecho de activar y ejercer la acción".
Quienes presentaron la acción sostenían que se cometió fraude procesal, descubierto en otra sentencia de 25 de septiembre, en la que se cita como jurisprudencia este fallo que salió tres meses después, el 28 de noviembre de 2017.
Zenón Bacarreza, exmagistrado del TCP, atribuyó en su momento la falla de fechas a un "error involuntario" debido a la recarga laboral en esa instancia y afirmó que el detalle puede ser subsanado mediante una complementación.