Medio: El Deber
Fecha de la publicación: martes 13 de marzo de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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La decisión resuelve "rechazar el memorial que precede, por no ser parte en la acción constitucional referida, en consecuencia por Secretaría General devuélvase el memorial que antecede a los solicitantes", según se lee en el documento.
Conoce más:
Quienes presentaron la acción sostenían que se cometió fraude procesal, descubierto en otra sentencia de 25 de septiembre, en la que se cita como jurisprudencia este fallo que salió tres meses después, el 28 de noviembre de 2017.
El TCP sostiene que los solicitantes "no tienen legitimación activa dentro del proceso constitucional referido, por cuanto no son parte procesal en el mismo, bajo ninguna calidad, entendida esta como la identidad del sujeto activo al cual la ley concede el derecho de activar y ejercer la acción".
Lea también:
Zenón Bacarreza, exmagistrado del TCP, atribuyó en su momento la falla de fechas consignadas a un "error involuntario" debido a la recarga laboral en esa instancia. Sostuvo que el detalle puede ser subsanado mediante una complementación o enmienda.
Resolución del TCP:
