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Medio: El Día
Fecha de la publicación: lunes 12 de agosto de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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Los mensajes o discursos presidenciales pronunciados en circunstancias especiales, por ejemplo cuando el país celebra un magno acontecimiento como es el 6 de agosto, fecha de fundación de la República (no del Estado), dan a conocer los propósitos del régimen gobernante para el futuro, y sirven para rendir cuentas al país sobre la gestión gubernamental que se ha venido cumpliendo al servicio de la nación. En el breve discurso que el Presidente pronunció en Trinidad con motivo de los 194 años de fundación de la República, se pudo destacar – entre otras cosas - el llamado que hizo a la “unidad y reconciliación de los bolivianos”.
Consideramos importante y oportuna esta convocatoria a la unidad solo que no resulta fácil llevarla a la práctica en el país cuando es el propio régimen gubernamental que genera las condiciones adversas que se oponen a la viabilidad de ese propósito. De ahí que un gesto inteligente y de grandeza de espíritu que debería partir del régimen gobernante, sería el de emitir un decreto de amnistía de acuerdo con las facultades que le señala la Constitución en el art. 172.14, una medida que ciertamente contribuiría de manera efectiva a esa unidad y reconciliación, aparte de que el régimen mejoraría de imagen. El texto del precepto citado que se refiere a las atribuciones presidenciales dice: “Decretar amnistía o indulto, con la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional”.
Todo esto aparte de dar cumplimiento al artículo 168 de la CPE (no repostulación), y obedecer el mandato popular de 21 de febrero de 2016 (referéndum) y hacer posible la alternabilidad democrática en el ejercicio del poder, por cuanto esa alternabilidad resulta ser uno de los sólidos fundamentos de la democracia y, a la vez, una forma de atender el clamor y la decisión del pueblo boliviano expresados el 21F., veredicto popular que ningún gobierno, sistema o tribunal alguno tendrían la capacidad, ni jurídica ni política, para desconocerlo sin incurrir en desacato.
En todo caso, la unidad y reconciliación de los bolivianos estará garantizada en cuanto se dé la renuncia a una repostulación inconstitucional del presidente y del vice y dar paso más bien a esa integración nacional reclamada por el Primer Mandatario el 6 de agosto pasado. Y como este renunciamiento no va a darse, no se puede pensar que la etapa preelectoral signifique una contienda democrática sino más bien una etapa demasiado conflictiva que bien puede alterar el proceso si es que no se da cumplimiento al veredicto popular del 21 de febrero, con la búsqueda y planteamiento de otras situaciones legítimas que lo hagan respetar.



