Medio: El Periódico
Fecha de la publicación: martes 06 de agosto de 2019
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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Gabriel Morales/Bolinfo/Tarija
Artículos conflictivos
El asambleísta por Unidad Departamental Autonomista (UD-A), Luis Pedraza Cerda, indicó que según señala el artículo 66, parágrafo II, de la Ley Marco de Autonomías, si se violan los principios establecidos por la legislación vigente, una norma sancionada es nula de pleno derecho.
“Se ha sancionado la Ley del Régimen Electoral Departamental con defectos y vicios tan graves que, en mi concepto, la hacen nula de pleno derecho (…), ni siquiera hay que demandar la nulidad, la Ley ya ha nacido muerta”, declaró el asambleísta opositor.
En consonancia con sus declaraciones previas, Pedraza hizo hincapié en que uno de los mayores defectos de la norma, sancionada la anterior semana por el Órgano Legislativo, es la “insistencia” en la elección de los subgobernadores por voto popular.
“La inclusión de esta figura para elegir a los subgobernadores ha convertido a quienes han aprobado esta ley en algo parecido a una banda de delincuentes y lo que hicieron está tipificado en el Código Penal como resoluciones contrarias a la CPE como beneficios en razón del cargo”, aseveró.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), se ha pronunciado en contra de la elección de subgobernadores a través de las urnas, pero la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS), aseguró que actuó bajo instrumentos normativos para incluir esta figura en la ley electoral.
“El tema de los subgobernadores ya está en el Estatuto Autonómico Departamental, se ha optado que sean electos porque últimamente el Tribunal Constitucional Plurinacional ha establecido que el derecho al voto se debe materializar, fundamentos hay muchos”, respondió el asambleísta por el MAS, Abel Guzmán Murguía.
Acerca de las declaraciones del asambleísta Luis Pedraza, Guzmán sostuvo que son “apreciaciones personales” que no hacen otra cosa que visibilizar un punto de vista individual y no “general e igualitario”.
“Anteriormente, ya hicimos conocer cómo se ha actuado, bajo qué instrumentos normativo pero cuando se desconoce las normas a conveniencia se quiere decir eso, pero es un tema que ya pasó”, enfatizó el presidente de la Comisión de Energía e Hidrocarburos de la Asamblea.
Dentro del Legislativo, asambleístas de oposición como Mauricio Lea Plaza Peláez y el propio Luis Pedraza, observaron que otro de los artículos inconstitucionales en la ley electoral es el que contempla la distribución de escaños por población, manteniendo los parámetros actuales, basados en el censo de población y vivienda del año 2001, en lugar de adaptarse al último del año 2012. (eP).
LosDATOS
- La ley electoral departamental regulará las elecciones subnacionales del año 2020.
- Existe un plazo de 15 días entre su sanción y su posible promulgación.
- Luis Pedraza instó al gobernador a observar la ley electoral y no promulgarla.