Medio: La Patria
Fecha de la publicación: miércoles 24 de julio de 2019
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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El vicepresidente del TSE, Antonio Costas /ANF
Ante los cuestionamientos sobre la aplicación de las leyes de Organizaciones Políticas y del Régimen Electoral en la administración de las Elecciones Generales de octubre de este año, el vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE) manifestó que por el escenario político tan "sui géneris" y "tan complicado" los vocales tienen que "estar explicando (las normas) como en la escuela".
La autoridad declaró en esos términos al ser consultado el por qué no se había informado los alcances del carácter vinculante de las elecciones primarias en el marco de la Ley 1096, toda vez que inicialmente se dijo que los candidatos de los binomios que renuncien no podrían ser reemplazados por el carácter vinculante de las elecciones primarias, sin embargo, ahora, en aplicación de la Ley 026, los candidatos podrán ser sustituidos.
"No es que no se dijo, nosotros hemos aplicado la ley para cada momento, las organizaciones políticas que participan conocen perfectamente la ley, otra cosa es que el contexto político se haya tornado tan sui generis y tan complicado, que uno tiene que estar explicando como en la escuela, eso no es así. Nosotros aplicamos la normativa en la secuencia que corresponde", sostuvo Costas en la red Unitel.
Dos candidatos renunciaron, Jaime Paz Zamora a su candidatura a la presidencia por el PDC y Edwin Rodríguez postulante a la vicepresidencia por Bolivia Dice No. En el primer caso, el TSE rechazó la dimisión, sobre el segundo caso aún no se pronunció.
El vicepresidente del TSE negó que existan contradicciones al interior del Órgano Electoral Plurinacional, porque la presidenta de la entidad electoral, María Eugenia Choque, sostuvo que, pese a las renuncias, los nueve partidos políticos tenían que seguir en carrera electoral, toda vez que solo hay dos causales para que se acepten sus renuncias.
"Las únicas causales que pueden revertir el carácter vinculante de estos resultados son la muerte o una enfermedad gravísima sobreviniente, debidamente probada de alguna o alguno de las o los miembros del binomio elegido", se detalló en un comunicado del TSE el pasado 13 de julio.
Pero Costas, plantea que hay dos momentos de la aplicación de dos normas, las leyes 1096 y 026, por lo que los nombres podrían ser reemplazados. "No hay contradicción, la (ley) 1096 rige hasta el momento de la presentación de candidatos", afirmó.
Manifestó que la presidenta del organismo, María Eugenia Choque, "también acepta (el reemplazo), porque cuando se aplique la 026 (Régimen Electoral) vamos a tratar en Sala Plena las sustituciones. Son dos momentos", señaló.
Detalló que tras el registro de los candidatos, las organizaciones políticas afectadas por las renuncias pueden presentar incidentes, los que serán tratados en Sala Plena, para que se asuma una posición en esa instancia.