Medio: La Estrella del Oriente
Fecha de la publicación: miércoles 28 de febrero de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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El presidente en ejercicio de la entidad cívica, Luis Fernando Camacho, junto a representación de los comités cívicos provinciales y plataformas ciudadanas presentaron el recurso arguyendo supuestos vicios de nulidad de la sentencia con la convicción de que podrían frenar la repostulación de Morales.
“El principal argumento es la cantidad de vicios de nulidad que tienen ellos, se han ‘arropado’ (atribuido) una competencia que no tienen como Asamblea Constituyente o Asamblea Legislativa y no solo ha interpretado una Constitución, sino que han ido más allá para buscar la manera de manipular”, dijo Camacho.
Sin embargo, la pasada semana el magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Orlando Ceballos, aseguró que no existe un “Recurso Ordinario Ulterior” de revisión o complementación, que pueda frenar la Sentencia Constitucional No. 084/2017, que habilita a Evo Morales Ayma.
“Hay que remitirnos a la Constitución Política del Estado (CPE), que señala que los fallos del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante, de cumplimiento obligatorio y contra ellos no procede recurso ordinario ulterior alguno, eso es lo que establece la Constitución”, sentenció Ceballos.
Además cabe recordar que el Órgano Electoral Plurinacional a través de su presidenta Katia Uriona, descartó pronunciarse antes de que exista la convocatoria a Elecciones Generales 2019
La dirigencia cívica cruceña asegura que la sentencia constitucional cuestionada puede ser revisada y también anulada al tratarse de una norma extraordinaria, pues habría jurisprudencia de anteriores casos en los que ya se habría anulado normas en nuestro país, aunque no especificó cuáles.