Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: jueves 01 de marzo de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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TSE afirma que no está en agenda pronunciarse por la reelección de Evo
La vocal del Tribunal Supremo Electoral, María Eugenia Choque.
La vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), María Eugenia Choque, aseveró ayer que “no está en agenda” que esta entidad se pronuncie sobre el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que habilitó la reelección indefinida.
Opositores y activistas piden al TSE que se manifieste sobre la sentencia, y que haga respetar los resultados del 21 de febrero de 2016, que determinó mantener el límite de una sola reelección para el presidente y vicepresidente.
Choque aclaró que el referendo del 21 de febrero tiene carácter vinculante.
Tras la sentencia que habilita la reelección, la presidente del TSE, Katya Uriona dijo que el TCP debería aclarar el carácter vinculante del 21F, pero después el Órgano Electoral se inclinó por aguardar a la convocatoria a elecciones para definir las reglas para candidaturas.
El 28 de noviembre de 2017, el TCP emitió la Sentencia Constitucional 0084/2017 que habilita a Morales, al vicepresidente Álvaro García Linera y a todos los funcioanrios electos a repostularse de manera indefinida.
Con el fallo, el TCP declaró procedente la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta presentada por los legisladores del MAS, Nélida Sifuentes, David Ramos, Nelly Roso, Aniceto Choque, Ana Vidal, Julio Huaraya, Felipa Málaga, Ascencio Lazo, Juan Vásquez, Edgar Montaño, y los opositores disidentes Víctor Gutiérrez y Santos Paredes, en septiembre de 2017.
"Cumplimiento obligatorio"
El 26 de diciembre, el vocal del TSE, Idelfonso Mamani, dijo que el fallo del TCP sobre la relección de Morales "es de cumplimiento obligatorio" porque se trata de la decisión del máximo intérprete de la CPE y garante de la vigencia de los derechos humanos.
Dijo que el TCP, mediante procedimiento constitucional, tuvo conocimiento de una causa para fines de interpretación sobre una contradicción entre la CPE y las convenciones internacionales.