Medio: La Razón
Fecha de la publicación: miércoles 28 de febrero de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
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Bajo esta sombra y en caso de que el mecanismo fuera activado, la gestión, particularmente de gobiernos departamentales y municipales, se ve amenazada de sufrir al menos dos consecuencias: la autoridad en cuestión deberá volcarse a la campaña en detrimento de la gestión, y el proceso representará un gasto extra para la administración. Otro factor para el análisis tiene que ver con que de “salir el tiro por la culata”, la legitimidad de la autoridad “evaluada” se fortalecería y la ganancia política sería alta.
Hasta el 20 de febrero (las solicitudes fueron recibidas hasta el 5), el Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitó 124 procesos revocatorios y otros 24 estaban en trámite.
José Luis Exeni, vicepresidente del TSE, explica que para que ciudadanos particulares u organizaciones sociales acreditadas soliciten un revocatorio no se requiere fundamentar los motivos, lo cual —afirma— es bueno porque así se “garantiza el ejercicio del derecho” de la ciudadanía a expresar su disconformidad con el desempeño de una autoridad electa; en otros países, aclara, es preciso probar el incumplimiento de funciones del gobernante, lo que a veces “inviabiliza” la petición.
En criterio de Exeni, los pedidos de cesación de funciones están impulsados por la pérdida de legitimidad de las autoridades, el incumplimiento de su programa de gobierno, corrupción, crisis de gobernabilidad, problemas de gestión y disputas y divisiones internas, pero tampoco descarta “venganzas personales, grupales o políticas”.
Fabián Yaksic, director del Servicio Departamental de Autonomías de La Paz, coincide con Exeni en el valor de este mecanismo, al que define como uno de los “institutos de democracia participativa y directa” más importantes que tiene la ciudadanía, aunque cree que su uso político impidió que en muchos casos haya sido puesto en práctica “de la mejor manera”.
El artículo 240 de la Constitución Política del Estado (CPE) dispone que toda persona en un cargo electo podrá ser revocada, excepto el Órgano Judicial, siempre que haya transcurrido al menos la mitad de su mandato. Las solicitudes se activan por iniciativas ciudadanas, es decir ciudadanos particulares u organizaciones sociales acreditadas, no por los partidos políticos.
Exeni recuerda que el primer referéndum revocatorio se hizo en agosto de 2008 —mediante una ley y antes de la aprobación de la CPE— para decidir la continuidad o el cese de funciones del presidente Evo Morales, el vicepresidente Álvaro García, y ocho, antes llamados, prefectos departamentales.
Morales fue ratificado en su cargo con el 67% de los votos, porcentaje superior al obtenido cuando fue elegido en 2006 (54%). Los prefectos de Chuquisaca, Oruro, Potosí, Tarija, Santa Cruz, Pando y Beni también fueron ratificados y se revocó a las autoridades opositoras de Cochabamba y La Paz.
A decir del viceministro de Autonomías, Hugo Siles, este mecanismo constitucional es “un derecho ciudadano”, pero su aplicación “está altamente contaminada” por el revanchismo político y el intento de desestabilizar a una autoridad; los revocatorios, dice, no buscan reconducir la gestión sino asumir “venganzas políticas” y con ello se genera un “estancamiento de la gestión pública” autónoma.
En enero, Morales cuestionó las peticiones de cese de funciones con trasfondo político o por intereses económicos. “Elegir y revocar es un derecho constitucional, pero en mi experiencia, ¿qué vi en algunas alcaldías? Empiezan con algún pretexto, eso veo en el área rural, a un dirigente el alcalde no puede darle contratos ni trabajo (porque es) su familiar, y el dirigente empieza el revocatorio del alcalde”.
El Mandatario lamentó que en esos casos la más perjudicada sea la población porque la gestión pública se detiene debido a la campaña electoral que deben realizar las autoridades.
Exeni hace notar que la fortaleza de una solicitud de revocatorio deberá reflejarse primero en la cantidad de firmas y huellas dactilares que se recolecten, pues solo la adhesión demostrará el apoyo ciudadano a esa petición. “El apoyo ciudadano a esa solicitud debe ser muy alto o la disconformidad debe ser muy elevada para revocar a una autoridad y lograr el porcentaje de firmas”.
El vicepresidente del TSE detalla que los promotores del mecanismo para revocar a autoridades nacionales deben reunir en 90 días al menos el 25% de las firmas y huellas del padrón nacional e incluir como mínimo el 20% del padrón de cada región. Para autoridades departamentales se requiere el 25% de las rúbricas y huellas del registro departamental e incorporar como mínimo el 20% del padrón de cada provincia, y para autoridades locales se precisa el 30% de las firmas y huellas del padrón de la comuna.
De cumplirse ese requisito, Exeni recuerda otra condición: la cantidad de votos en el referéndum revocatorio —que se prevé será el 29 de noviembre— deberá sobrepasar los que obtuvo la autoridad cuando fue elegida.
Para Yaksic es “difícil” que la ciudadanía o las organizaciones cumplan esos requisitos; desde su punto de vista, lograrlo probaría que tienen el apoyo ciudadano para destituir a una autoridad ineficiente, de lo contrario se demostraría que el fin era solo político. En esa línea, Exeni afirma que el mecanismo se “autorregula” pues las iniciativas que no tengan adhesiones ciudadanas no prosperarán y esa es “la mejor garantía” para evitar su mal uso.
¿Y si el mecanismo se activa, cuáles serían las consecuencias? Yaksic apunta dos efectos. El primero es económico, dado que se deberá financiar el proceso con recursos de los gobiernos subnacionales, y el segundo es en detrimento de la gestión: un proceso de este tipo es “una distracción política”, pues las autoridades deben volver a hacer campaña.
El exdirector de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia (FAM-Bolivia) Jerjes Mercado añade otra consecuencia: Se genera “incertidumbre” para las autoridades, lo que repercute en su desempeño.
Aunque Mercado destaca el valor democrático del revocatorio, considera que “este proceso se ha politizado mucho porque existen intereses partidarios e incluso personales”. Por ello, recomienda al TSE hacer una revisión exhaustiva de la normativa para que se respete “la institucionalidad del revocatorio” pero que también se precautele “la estabilidad política” en las instancias municipales, regionales y nacionales del país.