Eliminaron el párrafo en el que se especificaba que en la lista general de candidatos a senadores de una organización, el total de mujeres en posición Titular 1 debía ser igual o mayor al de hombres
En la reunión de la Sala Plena del TSE de este miércoles, a solicitud del vocal Idelfonso Mamani, se dispuso la modificación del artículo 35 “Cumplimiento de paridad y alternancia en la presentación de listas de candidatas y candidatos” del Reglamento para las Elecciones Generales 2019, disponiendo la eliminación del segundo párrafo del inciso "a" del referido artículo. Decisión respecto a la cual yo planteé mi disidencia", señala Choque en su carta.
Las organizaciones de mujeres, agrupadas en la Coordinadora de la Mujer, habían alertado la noche del miércoles sobre las amenazas de un retroceso en la paridad de género lograda en Bolivia, debido a medidas que vulneran los derechos de las mujeres y que están previstos en la Constitución Política del Estado y las normas electorales.
Sin embargo, el TSE emitió un comunicado en el que aclaró que se “garantiza plenamente la presencia del 50% de mujeres en las listas de candidaturas tanto para diputaciones y senadurías con el equipo de principio de equidad, asegurando la paridad y alternancia (…) en la presentación de listas” de candidatos para las elecciones de octubre de este año.
El inciso a) del artículo modificado señala que "De acuerdo al artículo 11 de la Ley 026, concordante con el parágrafo IV del artículo 28 de la Ley N° 1096, las listas de candidatas y candidatos a senadoras y senadores, titulares y suplentes, respetarán la paridad y alternancia de género entre mujeres y hombres, de tal manera que exista una candidata titular mujer y, a continuación, un candidato titular hombre; un candidato suplente hombre y, a continuación, una candidata suplente mujer, de manera sucesiva".
El texto del segundo párrafo que fue eliminado por el TSE señala que: "esta aplicación es independiente por cada departamento, donde se hará la elección de cuatro (4) senadores en circunscripción departamental, debiendo garantizar que en la lista general de una organización el total de mujeres en posición Titular 1 sea igual o mayor al de hombres en esa posición".
Choque acotó en su nota de disidencia que: "La igualdad entre hombres y mujeres constituye una condición esencial para alcanzar la justicia social, además de ser un requisito previo necesario y fundamental para procurar el desarrollo y la paz".