Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: miércoles 10 de julio de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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“En la presente fecha, el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió la Sentencia Constitucional Plurinacional 0032/2019, la cual resolvió que las autoridades que ocupen cargos electivos pueden repostularse al mismo u otro cargo, sin renunciar a su actual cargo, es decir, tres meses antes del día de la elección”, explicó en conferencia de prensa.
Flores dijo que la resolución fue aprobada en cumplimiento de la acción de inconstitucionalidad abstracta que fue interpuesta por los diputados Norma Piérola y Andrés Gallardo, en contra del artículo 168 de la Constitución Política del Estado que establecía que todos deben renunciar para repostularse en comicios, menos el presidente y el vicepresidente del país, en este caso Evo Morales y Álvaro García Linera.
“Estamos hablando concretamente de los senadores, diputados, alcaldes, concejales, gobernadores y asambleístas departamentales en actual ejercicio”, complementó la autoridad judicial desde la ciudad de Sucre.
El documento indica que debe aplicarse con prioridad el artículo 23 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que no permite que se establezcan condiciones injustificadamente discriminatorias para el acceso y ejercicio de cargos electivos.