Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: martes 27 de febrero de 2018
Categoría: Conflictos sociales
Subcategoría: Marchas, bloqueos, paros y otros
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sólo podrá interpretar la sentencia constitucional 0084/2017 que permite la repostulación del presidente Evo Morales, a decir del magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) Orlando Ceballos.
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“Para interpretar es la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no es Tribunal de Casación, puede interpretar la aplicación de algún acuerdo, no puede anular una sentencia”, sostuvo, reiterando su postura fijada hace algún tiempo.
Ceballos en cuanto a la denuncia de fraude procesal presentada por colectivos ciudadanos al TCP dijo que la comisión de admisión analiza si será admitida o rechazada en cumplimiento del Código Procesal Constitucional.