Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: miércoles 26 de junio de 2019
Categoría: Órganos del poder público
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La Sentencia Constitucional Plurinacional 0228/2019-S4, de carácter vinculante, inapelable y de cumplimiento obligatorio, señala: “Habiéndose verificado la falta de debida diligencia en el actuar del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz” en la administración del vertedero “corresponde conceder la tutela”, solicitada por los ciudadanos Teodoro Blanco Mollo y Simón Judas Apaza Rojas, en contra de Revilla mediante una acción popular.
Cuando el TCP establece “la falta de debida diligencia” se refiere a: “la falta de fiscalización y seguimiento a las operaciones realizadas en dicho relleno”, también a una “operación no apropiada” en la administración de ese vertedero, ya que este “se encontraba operando sin licencia ambiental desde el 1 de octubre de 2017”.
El alcalde Revilla respondió al TCP mediante su cuenta de Twitter: “La justicia + podrida que nunca (…) Ni revisan las normas y aplican otras abrogadas”, además amenazó con enjuiciar a esa instancia por prevaricato. Y en otro tuit señaló que las licencias ambientales tienen una duración de 10 años.
Después de analizar la demanda, el TCP sentenció: “conceder la tutela solicitada en relación al Alcalde del Gobierno Municipal de La Paz”. Y “ordenar la notificación de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, tanto al Ministerio Público como a la Procuraduría General del Estado, de conformidad a los fundamentos expuestos en el presente fallo”.
Los peticionarios solicitaron establecer el grado de responsabilidad por la acción u omisión de la vulneración de los derechos a la salud y al medio ambiente, como efecto del desmoronamiento del 15 de enero.
El TCP estableció que la macrocelda 4 colapsó “debido a un proceso de saturación de agua interna, por un deficiente sistema de drenaje pluvial, deficiente sistema de captación de lixiviados internos y una sobrecarga de residuos dispuestos, sobrepasando el diseño definido en el proyecto”.
Detalló que “el suceso acaecido no solo es fruto del mal manejo en una celda o un hecho fortuito, sino de una operación inapropiada”.
Respecto a la licencia ambiental, precisó que la norma establece que esta tiene validez mientras el relleno tenga una vida útil. El artículo 84 del Decreto Supremo 24176, que reglamenta la Ley del Medio Ambiente, indica que “la licencia permanente se extinguirá cuando se hubiera agotado la vida útil del relleno sanitario”.
Además, también critica el plan de contingencia, del cual dice que no garantiza la preservación de la calidad del medio ambiente. Pues “se observó la construcción de dos diques en la confluencia de los ríos Achocalla y Alpacoma, advirtiéndose que en ambas obras no existe la impermeabilización de los taludes internos de los represamientos”.
Por todo lo expuesto, decidió conceder la tutela a Blanco Mollo y Apaza Rojas, y ordenó al Ministerio de Medio Ambiente y Agua que “informe al juez de garantías sobre la realización de la auditoría ambiental cada 15 días a los fines de la ejecución de la tutela otorgada”.
El deslizamiento del 15 de enero no solo afectó al Distrito 6 de Alpacoma, sino a los municipios de Achocalla y La Paz. Al primero por los olores y vómitos denunciados por sus dirigentes, que decidieron bloquear el ingreso al relleno, y al segundo, que, como efecto del cierre del paso a ese vertedero, vio sus calles inundadas de basura con los consiguientes riesgos a la salud.
El alcalde de Achocalla, Dámaso Ninaja, inició un proceso penal al burgomaestre paceño por atentar contra la salud pública.
Yañíquez: Fallo prueba que no hay persecución política
La diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS) Betty Yañíquez aseguró que la sentencia que emitió el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) establece que los procesos iniciados en contra el alcalde Luis Revilla no son políticos.
Dijo que el fallo señala que el deslizamiento que ocurrió en el relleno sanitario de Alpacoma fue producto de la “inoperancia, falta de capacidad e irresponsabilidad” del burgomaestre paceño.
Yañíquez presentó una denuncia contra el concejal de la Alcaldía de La Paz Fabián Siñani y el exdirector de Saneamiento Giovanni Gemio por la comisión de los ilícitos de uso indebido de influencias e incumplimiento de deberes y omisión de denuncias relacionadas con el contrato suscrito entre la empresa Tersa y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, y por la atención negligente a las operaciones del relleno de Alpacoma.



