Medio: El Diario
Fecha de la publicación: jueves 09 de noviembre de 2017
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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El diputado Wilson Santamaría, jefe de bancada de Unidad Demócrata (UD), informó que su bancada pidió al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que además de difundir los méritos de los postulantes informen también sobre las opciones legales del voto nulo y blanco.
“Estamos pidiendo también la difusión del voto nulo y blanco, de no hacerlo implicaría una parcialidad, una distorsión del proceso electoral y un favoritismo con el gobierno nacional que tiene interés de que sea la menor cantidad posible los votos nulos”, afirmó Santamaría
En ese marco, los Demócratas piden aplicar el artículo 161 de la Ley de Régimen Electoral 026.
Desde el 15 de octubre, comenzó la difusión de méritos de los candidatos al Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, que definió como objetivo el derecho a la información y la comunicación para una participación informada de la población, aspecto resaltado por la presidenta del TSE, fase que concluye el 3 de diciembre.
En caso de que el TSE no responda ese memorial dentro del plazo establecido por el procedimiento administrativo, las autoridades electorales serían pasibles a un amparo constitucional.
ARTÍCULO 161, LEY 026
En este acápite de la ley electoral señala que “el electorado puede manifestar su voluntad mediante estos tres tipos de votos: válido, nulo y blanco”
Este mandato de la Ley electoral es refrendado por el Reglamento para las elecciones de altas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, que señala en el artículo 56 sobre los resultados de estas elecciones donde afirma que “serán válidos (…) tomando en cuenta la sumatoria total de los votos válidos, independientemente del total de votos blancos y nulos”.
En ese sentido el abogado constitucionalista Willam Bascope consideró que hay un mandato constitucional y se lo debe hacer por votación la elección de autoridades judiciales, cargos que son para personas con conocimiento científico y académico porque no es lo mismo elegir un administrador de la “cosa pública” que un administrador de justicia.