Medio: ANF
Fecha de la publicación: lunes 24 de junio de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Luego de las advertencias del dirigente campesino del norte de Potosí, Ever Rojas, de no dejar que los opositores ingresen a esa región para hacer campaña electoral, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó dichas amenazas y afirmó que la “obstaculización de procesos electorales” es un delito.
Contenido
La presidenta del TSE, María Eugenia Choque, recordó mediante un comunicado que la Ley 026 de Régimen Electoral establece que la “coacción electoral” y la “obstaculización de procesos electorales” son delitos electorales.
El inciso h del artículo 238 dispone que la obstaculización de procesos electores constituye un delito electoral. La disposición señala que la persona que promueva desórdenes o por cualquier medio obstaculice, obstruya o impida la realización o desarrollo de procesos electorales, referendos o revocatorias de mandato o que evite que las autoridades y sujetos electorales ejerzan sus atribuciones y derechos en un determinado espacio territorial del país, será sancionado con dos a cinco años de cárcel.



