Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 19 de junio de 2019
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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En el portal de la CGE, Vania Lanchipa declaró inicialmente un patrimonio de Bs 4.177.000, pero el 17 de junio fue modificado a Bs 1.392.181. EL DEBER consultó a la Contraloría sobre el cambio, pero informaron de que la responsable estaba en un seminario y no podía atender las consultas.
El presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Israel Centellas, explicó que las declaraciones juradas están reglamentadas por la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, ya que el documento tiene valor legal y por esa razón los funcionarios públicos firman al pie del mismo en señal de conformidad y autenticidad.
La Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, en su artículo 25, crea ocho nuevos tipos penales y el octavo es la falsedad en la declaración jurada de bienes y rentas. “El que falseare u omitiere insertar los datos económicos, financieros o patrimoniales, que la declaración jurada de bienes y rentas deba contener, incurrirá en privación de libertad de uno a cuatro años y multa de 50 a 200 días”.
El fiscal afirmó, en una entrevista televisiva, que se trata de un error porque su hija debió declarar la tercera parte de un bien inmueble que poseen en la zona de Miraflores, en la ciudad de La Paz. Explicó que ese bien fue adquirido en 1994 y que con el tiempo y los avalúos que realizó el municipio de La Paz se llegó a la cifra de Bs 4.177.000. Las tres hijas son propietarias de ese inmueble y cada una es dueña de una tercera parte.
El diputado Lino Cárdenas, del MAS, afirmó que no existe ninguna normativa que prevea estos errores y que se pueden hacer correcciones administrativas. “Los temas administrativos usualmente se corrigen a través de decretos, pero hay que revisar si se puede subsanar con un decreto o requieren una ley”.
Los opositores tienen otra visión. El senador Edwin Rodríguez (UD) dijo que la adulteración de datos en la declaración jurada de bienes es un delito; además, que se deben cumplir tiempos. Explicó que este requisito es anual y se cumple cada año y no cuando el funcionario lo requiera, como el caso de Lanchipa.
La funcionaria
Más adelante el fiscal admitió que su hija menor trabaja en el Tribunal Constitucional. “Ella cumple, en su condición de abogada profesional joven, funciones, deben ser de sexto o séptimo nivel, no tiene ninguna vinculación en el tema de fallos, sentencias o resoluciones”, refirió Lanchipa.
Sin embargo, el portal del Ministerio de Justicia no contempla a Vania Lanchipa Ramírez.



