Medio: Opinión
Fecha de la publicación: viernes 14 de junio de 2019
Categoría: Órganos del poder público
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La adquisición se realizó cuando José María Leyes fungía como alcalde de la ciudad. El 3 de abril de 2018, la concejal Rocío Molina (MAS) denunció sobreprecio y corrupción en la compra.
La denuncia dio lugar a un proceso denominado Mochilas I, sobre el cual se realizó el informe del IDIF conocido ayer.
Alberto Trigo, abogado de Leyes, anunció que pedirá el sobreseimiento de su defendido citando la conclusión contenida en la página 62 que señala que sus actuaciones como Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) en el proceso de contratación se ajustan a la normativa.
El Representante Departamental del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, Ever Veizaga, luego de analizar el informe, dijo que se hizo una "lectura sesgada" porque las conclusiones periciales dos y tres señalan que: "el alcalde como MAE es responsable del proceso de contratación" y que la adjudicación "incumplió la normativa".
La compra de 92 mil mochilas por 12 millones de bolivianos fue adjudicada a la Sociedad Accidental 26 de Febrero, representada por Juan de Dios Morales.
En las pericias solicitadas por el Ministerio Público, el informe Inv. Esp. Aud-001/19 señala como conclusión de la pericia 1 que "el contrato no podía ser recurrente". Un contrato recurrente se da solo cuando un bien o servicio no puede ser interrumpido, como en el caso de la provisión de alimentos a hospitales.
Recordando que Morales ya se había adjudicado la provisión de mochilas escolares en 2017 (caso Mochilas II), Veizaga afirmó que hubo "concertación" entre Leyes, el empresario y el exsecretario de Atención al Ciudadano José Miguel Padilla para adjudicarle el contrato de la misma manera en la que lo habían hecho un año antes.
Recuerda que Morales y Padilla ya asumieron su responsabilidad. De sus declaraciones se establece que, en julio de 2017, Padilla recibió autorización del exalcalde para trabajar con Morales. En julio el empresario viajó a China para concretar la compra, meses antes de que se inicie el proceso de contratación.
En agosto, Padilla le entregó los logos de la marca ciudad por correo electrónico para incluirlos en las mochilas (esos logos se hicieron públicos en septiembre de 2017).
Hay facturas que demuestran que las mochilas ya estaban en fabricación, en China, en octubre de 2017.
El 13 de noviembre de 2017, Leyes autorizó el proceso de contratación que se hizo público recién el 28 de ese mes, “cuando ya estaban embarcando las mochilas (rumbo a Cochabamba)”, señaló Veizaga para evidenciar que fue un proceso “simulado”.
Las conclusiones de las pericias 19, 21,22, 23, 24, 25 y 26 detallan, respectivamente, irregularidades en los procedimientos de entrega y recepción señalando que hubo “incumplimiento de plazo en la entrega”, “no se conformó comisión de recepción”, “no hay acta de recepción”, “no se verificaron los productos (mochilas y material)”, “las mochilas no ingresaron a almacenes”, “se entregaron irregularmente las mochilas” y “la entrega no estaba conforme a la normativa”.
“¿Por qué (las mochilas) no entraron a almacenes?”, cuestionó Veizaga.
La normativa señala que los bienes contratados deben ser verificados para ver si cumplen con las especificaciones. Una comisión se encarga de este procedimiento y levanta un acta para el ingreso formal.
Este procedimiento también permite al proveedor exigir el cumplimiento de pago, ya que el plazo se computa a partir de la fecha de ingreso.
La conclusión de la pericia 29 señala que “la resolución del contrato no está justificada”
El 13 de abril de 2018, la Sociedad Accidental 26 de Febrero fue notificada por la Alcaldía de la resolución del contrato “por fuerza mayor o caso fortuito”, no por irregularidad. Su representante se dio por notificado y no asumió ninguna acción.
La conclusión pericial 30 señala que “se incumplió el mismo contrato para su resolución”.
En el juicio oral se van a valorar todas las pruebas, entre ellas facturas, declaraciones, el informe pericial del IDIF y otros elementos probatorios, dijo Veizaga, quien restó importancia a futuras declaraciones que pudiera emitir Leyes dentro el proceso.
Reiteró que la relación de los hechos presentada por Padilla y Morales es contundente.
Leyes fue detenido el 20 de abril del año pasado. Primero se le dictó detención domiciliaria, pero después, el 30 de noviembre de 2018 fue enviado al penal de San Sebastián.
Desde entonces se sumaron los casos Mochilas II y Mochilas III. Leyes está recluido por los dos primeros casos y hasta la fecha suman ocho denuncias. Hay dos imputaciones por los dos primeros casos, pero no se inició ningún juicio ni se dictó condena.
Entre las denuncias contra el exalcalde están las supuestas irregularidades en el proyecto “Cochabamba, Ciudad Segura” y la supuesta entrega irregular de vehículos policiales en 2017.
También un proceso, junto a un dirigente de la Federación Universitaria Local (FUL) de la Universidad Mayor de San Simón (UMSS) por presunto favorecimiento en contratos municipales.