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Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: miércoles 05 de junio de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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“Hemos recibido una respuesta criolla, el TSE es incompetente, nuevamente rechaza conocer (la denuncia) aduciendo que cuando hice la denuncia no se había procedido a la emisión de la convocatoria a las elecciones generales de 2019”, declaró el legislador.
En su respuesta del 24 de mayo a la denuncia del diputado Gutiérrez, el TSE señala que su memorial no puede ser analizado “en razón de que el TSE no procedió a la emisión oficial de la Convocatoria para las Elecciones Generales de 2019”, dice el organismo.
El legislador sentó su denuncia en contra del partido gobernante y del canal estatal Bolivia TV por transmitir el acto proselitista el 18 de mayo, haciendo uso de los bienes del Estado, además de incurrir en una falta al realizar campaña electoral anticipada.
Gutiérrez presentó su denuncia el 23 de mayo, el TSE respondió el 24 de mayo, tres días después emitió la convocatoria, no obstante, el denunciante recién fue notificado.
Molesto, mencionó que la decisión adoptada por los vocales “deja en claro de que el TSE hace inobservancia de la Ley 026 y, si hace un reglamento, lo hace a la medida del MAS para salvarlo, no solamente a ese partido sino a Bolivia Tv, y en ese sentido creo que estamos contra la pared, estamos arrinconados por un tribunal al que poco le importa la ley”, señaló.
Instó a la población a defender su voto del referéndum del 21 de febrero de 2016. “Es el momento que la población se ponga los pantalones y asuma su No, si dijo No es No”, manifestó el diputado opositor.
Insistió que la Ley del Régimen Electoral establece como una falta electoral, “realizar campaña con anterioridad a la publicación oficial de la convocatoria”, sin embargo, manifestó que es evidente que el TSE “va a sancionar a quienes estén en contra del MAS”.
La semana pasada, el vicepresidente del TSE, el vocal Antonio Costas, ya había desestimado la denuncia tras exteriorizar similar criterio expuesto en la carta.
“Muchas veces se han canalizado como delitos electorales y se los ha denunciado ante el Tribunal Supremo Electoral; no compete a nosotros recibir denuncias de delitos electorales previos a la convocatoria, estas denuncias deben hacerse ante el Ministerio Público o ante la Contraloría General del Estado, que es la que revisa sobre el uso de los bienes públicos”, explicó el funcionario electoral.
LIMITANTES
El TSE no sancionará el uso de bienes públicos que sean utilizados por partidos políticos para sus actos de campaña proselitista. Costas afirmó que esa no es competencia del ente electoral, y que esa instancia se limitará a regular el manejo de la propaganda, que por ahora es un asunto ambiguo por la mezcla con la gestión por parte de autoridades que son a la vez candidatos.
El reglamento del ente electoral establece que está prohibido el aprovechamiento de espacios estatales con fines proselitistas. La oposición ve ventajas a favor del oficialismo.
Costas habló sobre las atribuciones que tiene el TSE en la ambigua temática de propaganda y gestión, pero, además, el vicepresidente del ente electoral señaló que la regulación de bienes públicos en campaña debe estar a cargo de la Controlaría.
El vocal electoral adelantó que 30 días antes de la elección se prohibirá las entregas de obras por parte de autoridades que sean a la vez candidatos.
Reivindicación
El 31 de mayo, el presidente de Diputados, Víctor Borda, manifestó que no procede una sanción del TSE contra el MAS por la concentración del 18 de mayo porque no fue un acto de campaña electoral sino de "reivindicación" de las organizaciones sociales para presentar al binomio: Evo - Álvaro.
La Resolución TSE-RSP-ADM N° 082/2019, dispone sanciones para las organizaciones políticas que realicen campaña o propaganda electoral antes de la convocatoria a los comicios.
"Las organizaciones políticas que realicen campaña electoral y/o propaganda electoral con anterioridad a la publicación oficial de la convocatoria o dentro de los tres (3) días antes del día de la votación serán sancionadas", dice el inciso C del artículo 8 del reglamento aprobado por el TSE.



