Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: miércoles 29 de mayo de 2019
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Asamblea Legislativa Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
“Cuestionan y ahora ellos mismos plantean el mismo argumento. Entiendo yo, la Asamblea, a través del vicepresidente, ha dado una repuesta de que en base a ese principio debe aplicarse el principio de favorabilidad y será el TCP que emita una resolución en base a estos antecedentes”, explicó el presidente de Diputados, Víctor Borda.
Añadió que “si hay convenios y tratados internacionales específicamente que benefician la posibilidad de que no renuncien pues el Tribunal tendrá que pronunciarse haciendo esa interpretación y prevalescencia de esos derechos internacionales frente a la postura de la Constitución, lo mismo que ha hecho en la reelección”.
La legisladora del Partido Demócrata Cristiano (PDC) y su colega de Unidad Demócrata (UD), el diputado Alcides Gallardo, presentaron en el TCP una acción de inconstitucionalidad abstracta para que se declare inconstitucional la renuncia obligatoria de servidores públicos tres meses antes de los comicios para ser candidatos, tal como fija el numeral 3 del artículo 238 de la Constitución.
De mantenerse la disposición, el gobernador de La Paz, Félix Patzi, y los senadores Óscar Ortiz y Edwin Rodríguez debieran renunciar a sus cargos para mantenerse como candidatos para las elecciones de octubre.
Solo el presidente y vicepresidente tienen la prerrogativa de seguir en funciones y postularse a la vez, fija el mismo articulado. Así lo confirmó ayer el vocal del TSE, Antonio Costas.
Borda explicó que Piérola planteó al TCP “el mismo argumento que ha planteado el MAS para la habilitación del presidente Evo Morales”.
La Sentencia Constitucional 84/2017 declaró la “aplicación preferente” del artículo 23 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, conocida como el Pacto de San José, sobre el artículo 168 de la CPE que fija solo una repostulación continua, esto para hacer prevalecer los derechos políticos. Así se validó en Bolivia la repostulación