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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: lunes 29 de abril de 2019
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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"Para preservar la independencia del poder judicial, el derecho internacional solo permite destituir a un juez por causa debidamente justificada en casos graves de incompetencia o mala conducta, no como si se tratara de un funcionario público cualquiera", señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de esa instancia.
El informe explica que "el Consejo de la Magistratura es una parte del órgano judicial, está compuesto por tres miembros y tiene la facultad de designar y destituir jueces. Sin embargo, en la práctica, no tiene ninguna garantía de independencia. Dos de los actuales miembros son exfuncionarios del Gobierno del presidente Morales, incluido el presidente del consejo, Gonzalo Alcón Aliaga, quien fue Comandante General de la Armada entre diciembre de 2013 y diciembre de 2014".
El Comité de Derechos Humanos de la ONU, que supervisa el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), señala que el derecho a un poder judicial independiente e imparcial es absoluto y que no puede ser objeto de excepción alguna.
El comité afirmó que “el requisito de independencia se refiere, en particular, al procedimiento y las cualificaciones para el nombramiento de los jueces, y las garantías en relación con su seguridad en el cargo hasta la edad de jubilación obligatoria o la expiración de su mandato, en los casos en que exista”.
Human Rights Watch indica que entrevistó a ocho jueces que fueron removidos de sus cargos, y a un abogado que representa a 20 jueces que presentaron sus casos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tras su destitución. También accedió a nueve memorandos de cesación que recibieron los jueces y a una resolución de 2017 del Consejo de la Magistratura por la cual se destituye a 88 jueces.
Todos los memorandos les “agradecían” a los jueces por sus servicios y no indican el motivo de la destitución, mientras que una resolución de 2017 indica que “es imperiosa la renovación de los recursos humanos en el órgano judicial” y que los jueces en actual ejercicio de funciones son “transitorios” y, por lo tanto, pueden ser destituidos de inmediato.



