Medio: El Deber
Fecha de la publicación: lunes 29 de abril de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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Desde que se aprobó la nueva Constitución del Estado Plurinacional en 2009, el MAS instauró en el país un nuevo concepto de administración de la tierra. Por una parte, la tierra y los recursos naturales dejan de ser propiedad del Estado para ser de propiedad del ‘’pueblo boliviano’’ (Art.311). Desde la perspectiva política ideológica, el significado de este precepto está vinculado al principio de la economía plural, basada en el reconocimiento de la diversidad étnica de Bolivia y del significado del empoderamiento de los pueblos indígenas originario campesino a través del instrumento político del MAS y de su líder Evo Morales.
Es en este marco que se materializa el proyecto histórico masista que, después de 14 años, aún pretende sostenerse en las denominadas organizaciones sociales campesinas e indígenas (Pacto de Unidad), la mayoría de ellas, corporaciones sindicales vinculadas al sector campesino cocalero (federaciones de Chapare, Bartolina Sisa, Csutcb, etc.) que, además de ser la base articuladora del electorado masista, son parte de las estructuras de poder político y definen las estrategias de copamiento territorial de las denominadas tierras fiscales y del manejo de los recursos económicos destinados a programas de desarrollo productivo (Fondo Indígena).
A partir de la nueva Constitución, se modifica el marco normativo de la tenencia y distribución de la tierra. Se establece el nuevo referente conceptual de Tierra Indígena Originaria Campesina (TIOC) en remplazo de la denominación de Tierra Comunitaria de Origen (TCO), establecida en la anterior Constitución. Bajo este paraguas priorizaron la distribución de tierras fiscales a campesinos en detrimento de los originarios, sobre todo en tierras bajas, donde desde 2010 vienen dotando a campesinos del occidente, afectando inclusive las tierras de los propios originarios locales. Esta dotación ha tenido siempre el objetivo de modificar la correlación de fuerzas demográficas electorales en la geografía electoral nacional. Tierra por voto.
Por otro lado, con el D.S. 0071/2009, se establece la creación de las Autoridades de Fiscalización y Control Social de los distintos sectores, en reemplazo de las Superintendencias. En este decreto se crea la Autoridad de Fiscalización y control de Bosques y Tierras (ABT), que incluye a la Comisión Agraria Nacional. Este decreto si bien se enmarca en la Ley 1715 (INRA), incorpora la figura de la Autoridad de Fiscalización y no menciona a las Comisiones Agrarias Departamentales, sino las direcciones departamentales de la ABT. Además, concentra competencias de fiscalización, supervisión y control de todo lo referente al tema bosques y tierras, convirtiéndose en el brazo político de la distribución y en los responsables de revertir y reasignar tierras fiscales.
La tierra se ha convertido en el factor geopolítico más importante del MAS para el control del voto rural y para sangrar económica y políticamente a los sectores agropecuarios y agroindustriales del país.