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Medio: Opinión
Fecha de la publicación: sábado 17 de febrero de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
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TED rechaza solicitud de revocatorio al Gobernador


EL GOBERNADOR DE COCHABAMBA, IVÁN CANELAS.
El Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba
emitió ayer la resolución de Sala Plena rechazando la solicitud de
revocatorio de mandato en contra del gobernador del departamento, Iván
Canelas. El recurso fue interpuesto el pasado 5 de febrero por el
asambleísta Mario Orellana, a nombre de la organización política
Voluntad Ciudadana Pueblo
“Este rechazo está fundamentado con el
argumento de que la organización política Voluntad Ciudadana Pueblo
tendría personería jurídica y por lo tanto no podría ser promotor de un
proceso de revocatorio de mandato”, señaló Orellana
La resolución
de Sala Plena 029/2018 del 7 de febrero de este año señala que el
Reglamento de Condiciones Administrativas para la Iniciativa Ciudadana
de Procesos de Revocatoria de Mandato de Autoridades Electas por Voto
Popular establece en su artículo 11-II que “la solicitud para promover
la revocatoria de mandato puede ser presentada de manera individual o
colectiva a través de organizaciones de la sociedad civil, con excepción
de las organizaciones políticas”.
En tal sentido, la institución
electoral concluye que “se puede advertir que la mencionada iniciativa
es promovida por el ciudadano Mario Orellana Mamani, quien, conforme a
su misiva, actúa en representación de la organización política Voluntad
Ciudadana Pueblo, aspecto que es contrario a la normativa legal
previamente referida”, señala la resolución
Por otro lado, Mario Orellana anunció que esta determinación será evaluada por la organización política este fin de semana
“Queremos
anunciar a la población cochabambina que los miembros de nuestra
agrupación serán puestos en conocimiento de esta resolución. (Esta) será
analizada y seguramente el lunes vamos a hacer conocer nuestro
pronunciamiento público, después de una adecuada evaluación jurídica”,
manifestó el asambleísta departamental.