Medio: El Diario
Fecha de la publicación: jueves 25 de abril de 2019
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Ejecutivo
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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La supresión de la publicación de edictos de esa naturaleza, tanto de jueces como de tribunales, es producto de la Ley de Abreviación Procesal Penal, sumada a las Leyes de Régimen Electoral y de Organizaciones Políticas, entre otras, que imponen la obligación de proporcionar espacios sin costo de la misma extensión y número que los contratados por el Órgano Electoral Plurinacional para los organismos políticos. Dichos espacios publicitarios se rigen por el porcentaje de votos de cada partido, camino que favorecerá al partido oficial que se adjudica un enorme porcentaje en las elecciones generales.
Este método gubernamental ha sido identificado por la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), como de asfixia económica contra los medios de comunicación dentro de la política restrictiva que ejercita el Gobierno, tanto más si se trata de una fuente de ingreso en épocas electorales. Por su parte, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) y otros organismos internacionales de defensa de la libertad de expresión se han pronunciado denunciando estos métodos de presión, propios de gobiernos poco o nada afectos con la libre y responsable información y con el desenvolvimiento normal de la prensa.
Es que desde los inicios de estos 13 años, el Gobierno ha considerado que la prensa es su principal oponente. Este prejuicio ha determinado la autocensura no solo en la opinión sino inclusive en la información, suavizando actos oficialistas preocupantes. Simultáneamente, se ha hecho visible la reducción de la publicidad de los organismos del Estado en los medios independientes. Por otra parte y con vista a la neutralización informativa y de crítica, el Gobierno compró diarios y canales audiovisuales por interpósitas personas -inclusive se dice inversionistas venezolanos- bajo su control. De modo que se jacta en palabras de la más alta cúpula oficial de controlar buena parte de los medios de comunicación, extremo que el ciudadano común percibe fácilmente.
La nueva limitación se refiere a la no publicación de edictos penales, es decir la supresión de otra fuente financiera de los medios que, al mismo tiempo, perjudicará al público litigante porque considerable parte de la población no tiene acceso a la información digital, la cual, además, se ha de prestar a manipulaciones y fraudes procesales, como está ocurriendo en Derechos Reales.



