Medio: La Razón
Fecha de la publicación: miércoles 24 de abril de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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23:38 / 23 de abril de 2019
El proceso electoral 2019 será recordado, entre otras cosas, por la campaña más larga de nuestra historia democrática, con la vulneración de plazos establecidos en la norma para el efecto. Parece muy difícil evitarlo o limitarlo, pero al menos habrá que debatir y, quizás, proyectar reformas. No basta tener reglas claras, también es necesario garantizar su cumplimiento.
La Ley del Régimen Electoral, vigente desde 2010, establece de manera inequívoca el “periodo de propaganda”. En su Art. 116 señala que pueden hacerse actos públicos de campaña a partir de los 90 días antes de los comicios. En tanto que en medios de comunicación la propaganda recién puede difundirse desde 30 días antes de la votación. ¿Qué se entiende por propaganda electoral? Es todo mensaje que promueve un partido, una candidatura o un programa de gobierno, y/o solicita el voto.
En el caso de la campaña en espacios públicos, en realidad se inició el año pasado en el marco de las elecciones primarias, que tuvieron su propio calendario electoral. Pero fue formalizada por varias candidaturas desde enero, con eventos partidarios, proclamaciones, alianzas, reuniones en plaza pública, actos oficiales, mensajes en redes sociales. Así pues, el plazo establecido en la norma no solo es irreal, sino de difícil observancia. La campaña electoral durará al menos nueve meses.
Es tan evidente este desfase entre legislación electoral y tiempos político-partidarios que el MAS-IPSP convocó para el 18 de mayo a una “gran concentración” de inicio de campaña. Será una semana antes de que el TSE emita la convocatoria a las elecciones. El binomio de Comunidad Ciudadana, en tanto, arrancó en febrero, en Tarija, su “primera gira nacional de campaña” rumbo a los comicios. Los candidatos de Bolivia Dice No fueron más precoces: su “primer evento de campaña” fue el 3 de enero. Y así.
Pero sin duda la vulneración normativa más evidente, y crítica, tiene que ver con la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación, lo que recién está permitido un mes antes de la jornada de sufragio. Varios candidatos vienen difundiendo diferentes videos a través de internet. Pero quien llegó más lejos fue Carlos Mesa con un reciente spot pagado en televisión. En este caso la ley establece sanciones económicas tanto para la organización política como para los medios de comunicación.
¿Qué hacer? Parece que muy poco, dada la laxitud normativa y la debilidad institucional. Algunos límites y sanciones habrá a partir del 27 de mayo, cuando se emita la convocatoria. Mientras tanto, la campaña permanente, la propaganda anticipada, el uso de bienes y recursos públicos en actos de proselitismo serán moneda común y cada vez más frecuente. Habrá que esperar que la precocidad e intensidad de los mensajes electorales no derive en desinformación, ventajismo y guerra sucia. Quedan seis meses.