Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: jueves 15 de febrero de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
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El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), José Luis Exeni, explicó que esa situación es verificada, como determina el reglamento aprobado el 17 de enero de 2018.
“La revisión no es por muestreo, se verifica el total de libros para ver que cumplan con el porcentaje exigido por ley, todos los datos se contrastan con el padrón electoral para ver que sean correctos. Es un trabajo minucioso, se observan todos los libros con el padrón, también se examinan las firmas y huellas”, remarcó.
El artículo 19 del reglamento establece: “Serán nulas aquellas partidas a las cuales les falten datos personales, firmas o huellas dactilares; y las que se encuentren con sobre escritura o tachadura”. También se verificarán el cumplimiento del porcentaje requerido.
El artículo 15 del reglamento establece el 25% como el porcentaje para la revocatoria de autoridades nacionales, departamentales y regionales, y para las municipales el 30% de ciudadanos inscritos en el padrón electoral de cada una de las circunscripciones.
Exeni informó que en el período 2012-2013 se tuvieron alrededor de 80 iniciativas ciudadanas, y ninguna logró cumplir el número de firmas, muchas quedaron en el camino, otras desistieron como lo están empezando a hacer algunas. Este año se recibieron 237 solicitudes, y algunos promotores desistieron de su petición.