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Medio: El Diario
Fecha de la publicación: viernes 16 de febrero de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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“Tuvimos mucha acogida para la recolección de firmas, en la ciudad de La Paz se logró 700.000 firmas; en Santa Cruz se obtuvieron 800.000, En esta ciudad se tuvo mayor participación de las personas. En el resto de los departamentos también se trabajó en ese sentido, se llegó a dos millones de firmas que fueron presentadas ante la Organización de Estados Americanos (OEA)”, explicó la exconstituyente Angélica Siles.
Se habilitaron alrededor de 150 cuadernos notariados en todo el país para la recolección de firmas, que en un inicio se tenía previsto llegar a un millón de rubricas, sin embargo los resultados sobrepasaron las expectativas de los impulsadores.
Estas rúbricas fueron adheridas a una demanda que los colectivos ciudadanos presentaron ante esa instancia internacional, donde se pide que se interprete el artículo 23 de la convención americana de derechos humanos, puesto que este enunciado fue fundamento para el fallo que el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió para habilitar a Evo Morales a una reelección indefinida.
En la sentencia constitucional que emitió el TC el pasado 28 de noviembre sustenta la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención sobre Derechos Humanos por ser una norma más favorable sobre derechos políticos.
MÁS ACCIONES
Por otra parte, se suman más acciones contra la sentencia del TCP que vulneró los resultados del referéndum constitucional del 2016 y la Constitución Política del Estado.
En este caso, el abogado constitucionalista Carlos Alarcón, y los colectivos ciudadanos Generación 21 y Bolivia Unida, presentaron ayer un memorial pidiendo al Tribunal Constitucional Plurinacional la nulidad de la sentencia que habilitó la repostulación del presidente, Evo Morales, y otras autoridades en los comicios generales de 2019.
En el documento argumentan que hubo fraude procesal, el mismo fue descubierto en otra sentencia del 25 de septiembre, en la que se cita como jurisprudencia este fallo que salió tres meses después, el 28 de noviembre de 2017.