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Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: jueves 15 de febrero de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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“No hay posibilidad alguna de que la CIDH vaya a anular ese fallo, no es posible, eso no está dentro de la normativa. Los fallos del TCP son de última instancia, no pueden ser revisados ni anulados por ningún otro tribunal externo a nuestro país, eso debe quedar absolutamente claro. El fallo del TCP ya ha adquirido la autoridad de cosa juzgada, es un fallo firme y subsistente”, aseveró.
Barón señaló que la demanda interpuesta ante esa instancia internacional por parte de legisladores de oposición para interpretar el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y la anulación del fallo 084/2017 es una actuación política.
“Nosotros creemos que esa acción legal no va a prosperar, nosotros vemos que no tiene ningún sustento jurídico”, remarcó. Explicó que la CIDH no es un tribunal de apelación, por lo tanto no tendría competencia para anular un fallo del TCP boliviano, que es de cumplimiento obligatorio.