Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: sábado 13 de abril de 2019
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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“El Ministerio Público ya ha cumplido con su función de hacer conocer su posición jurídica ante la autoridad judicial. Hicimos conocer de manera contundente, a base de los elementos objetivos que tiene el Ministerio Público en sus manos, la denuncia, el informe de la trabajadora social, el informe psicológico que nos dan cuenta de todos estos elementos”, informó a los periodistas.
Lanchipa dijo que uno de los elementos elocuentes es la reincidencia de violencia del magistrado Ceballos contra su esposa, porque “no es la primera vez” que la agredió.
“La verdad material, originada en la declaración de la propia víctima, que al momento de la presentación de la denuncia menciona que no fue la primera vez, en la declaración informativa ante la psicóloga, menciona de la misma manera, no es el Ministerio Público que está generando este criterio, es la propia víctima”, enfatizó.
Según el fiscal departamental de Chuquisaca, Mauricio Nava Morales, esa decisión se fundamenta en el incumplimiento del artículo 48 de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia.