Medio: La Estrella del Oriente
Fecha de la publicación: martes 09 de abril de 2019
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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Ramos dijo que también la normativa específica que debe haber un financiamiento por parte del Estado boliviano para la difusión de programas de gobierno y propuestas programáticas de los diferentes candidatos presidenciales, por lo cual es tuición del TSE normar y hacer regir el precepto.
“Quiero dejar en manos de Tribunal Supremo Electoral, quien tiene la capacidad de poder establecer una reglamentación que regule este tema de lo que será el financiamiento para lo que se refiere a medios de comunicación”, indicó
El artículo 74 de la LOP, en su parágrafo I, señala que el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) debe otorgar espacios, en televisión, radio y prensa escrita, para que los candidatos puedan dar a conocer sus propuestas de gobierno.
Entre tanto el párrafo II, del mismo apartado del precepto, detalla que “en períodos electorales, los medios de comunicación audiovisuales e impresos que se habiliten para la difusión de propaganda electoral, cederán gratuita y obligatoriamente al Órgano Electoral Plurinacional la misma cantidad de espacio y tiempo que este les contrate para la implementación del fortalecimiento público”.
Al respecto el vocero nacional de Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Alarcón, manifestó que alianza, de la cual es miembro y representante, acatará la normativa. Sin embargo, señaló que debería haber un presupuestó del Estado para la difusión de propaganda electoral y que el mismo debería ser distribuido en los diferentes medios de comunicación de manera equitativa.