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Medio: La Estrella del Oriente
Fecha de la publicación: sábado 30 de marzo de 2019
Categoría: Consulta previa
Subcategoría: Consultas en materia hidrocarburífera
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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El vocal del TDJ, Ernesto Mour, informó que la decisión se la asumió debido a que se equivocaron los términos “informar con pedir” una consulta previa, por lo tanto la competencia del TDJ no fue aperturada, tienen tres días para impugnar la resolución.
“No existe ninguna nota de la copia claramente dice se informa nosotros hicimos una diferencias que informar y pedir consulta previa es diferente, en consecuencia la competencia del tribunal no se apertura conforme a la normativa es una decisión de rechazo inminente”, informó Mour.
Sobre el tema la asambleísta María Lourdes Vaca aclaró que el rechazo in limine significa que fue por aspectos de forma y no del fondo, por lo que presentaran nuevamente la acción de cumplimiento una vez subsanadas las observaciones.