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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: miércoles 27 de marzo de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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"Les abre la posibilidad, pero yo entiendo dónde se va materializar ese acuerdo que ha tenido el Órgano Electoral es en el momento que van a emitir la convocatoria ahí se establecerá con absoluta certeza", indicó Borda al ser consultado si los vocales del TSE tienen la atribución de modificar la fecha de las elecciones electorales.
Anoche, la Cámara Baja modificó el artículo 94 de la Ley 026 de Régimen Electoral en el que indica que las elecciones generales serán dentro de 120 días desde la convocatoria y no así en 150 días como señalaba el anterior artículo.
En su disposición final primera el texto indica "El Órgano Electoral Plurinacional, deberá adecuar el Calendario Electoral para las "Elecciones Generales 2019" conforme a la presente Ley. Y su disposición segunda señala "quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley".
El l diputado opositor Tomás Monasterio en su intervención criticó a los parlamentarios del MAS por cambiar la Ley 026 en tres ocasiones y los calificó de "abusivos" por creer que pueden estar por estar encima de las leyes.
"Yo planteo que los representantes del Tribunal Supremo Electoral sean enjuiciados y procesados por estar en contra de la Constitución Política del Estado", señaló.
Por su parte Juana Quispe señaló que los opositores solo defienden a los neoliberales a su antojo. Y llamó a la diputada de oposición Lourdes Millares "dinosauria política" porque no hay personas de los anteriores gestiones en la cárcel por corrupción.
"Cuando la señora Millares decía qué diferencia hay en el tema de corrupción entre este Gobierno y le otro. Yo no puedo quedarme como ella ‘dinosauria política’”, expresó.
"En nuestro gestión no hemos tapado, hay hermanos que están en la justicia, hay otros que se han hecho pillar", agregó Quispe.
Artículo 94 modificado de la Ley 026
"Los procesos electorales de mandato fijo establecido en la Constitución Política del Estado, serán convocados por el Tribunal Supremo Electoral mediante Resolución de Sala Plena, con una anticipación de por lo menos ciento veinte (120) días a la fecha de la realización de la votación para elecciones de autoridades nacionales del Estado Plurinacional, de las autoridades políticas departamentales, regionales y municipales. Para la elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, la convocatoria será emitida con una anticipación mínima de noventa (90) días. La convocatoria debe garantizar que la elección de nuevas autoridades y representantes se realice antes de la conclusión del mandato de las autoridades y representantes salientes".