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Medio: La Razón
Fecha de la publicación: lunes 25 de marzo de 2019
Categoría: Autonomías
Subcategoría: Autonomía Indígena
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La libre determinación de las naciones y pueblos indígenas se constituye como un derecho colectivo, enunciado inicialmente desde el multiculturalismo liberal de los años noventa. Si bien el Convenio 169 de la OIT de 1989 no establece expresamente el derecho a la libre determinación, presenta en su lugar el derecho de los pueblos indígenas a conservar la totalidad de sus instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.
Cabe añadir que este convenio pensaba la otredad indígena como minoría y, por lo tanto, proponía una protección paternalista de lo indígena, como señala Slavoj Zizek: “la tolerancia liberal excusa al Otro folklórico, privado de su sustancia (…) pero denuncia a cualquier Otro real por su fundamentalismo”. Sin embargo, el Convenio 169 de la OIT fue el primer paso en un camino que nos lleva a la concepción plurinacional de la libre determinación.
Para la CPE boliviana, la libre determinación no ingresa en nuestra economía jurídica como un derecho o un conjunto de derechos solamente, sino como una de las bases fundamentales del Estado. Es más, en el proyecto de texto constitucional del Pacto de Unidad, en el que se basó la Asamblea Constituyente, el mencionado Art. 2 de la CPE vigente era en realidad el Art. 1. Es decir que el texto constitucional debía abrirse con la mención de la libre determinación de las naciones y pueblos indígenas, condicionando, de esta manera, todas las dimensiones del Estado y potenciando su transformación pluralista. Con este detalle, la libre determinación pretendía hacer explotar los límites del Estado-nación, límites generalmente homogeneizadores, para presentar una nueva forma de Estado; es decir, el Estado plurinacional comunitario.
El desarrollo del Estado plurinacional comunitario, entonces, se encuentra íntimamente relacionado con la comprensión y desarrollo de la libre determinación, no solo como un conjunto de derechos, sino como condición del Estado y del poder público que posibilita la existencia de un gobierno plurinacional.