Medio: Jornada
Fecha de la publicación: jueves 08 de febrero de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
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Revocatoria de mandato
Intereses sectarios, confrontaciones políticas y alejamiento ideológico son las principales causas de demandas para revocar el mandato de gobernadores y alcaldes del país. El recurso debiera servir para castigar a transgresores de las normas o a aquellos que ocasionaron perjuicios en su gestión o incurrieron en actos de corrupción, empero, en algunos casos son poco sólidos los argumentos, ya que los requisitos para emprender una acción tan delicada están al alcance de todo ciudadano. Pero antes de admitirse semejante rigor, debiera tomarse en cuente razones expresamente fundamentadas.
La Ley del Régimen Electoral establece que la revocatoria de
mandato es el mecanismo constitucional a través del cual el pueblo
soberano decide, mediante sufragio universal, la continuidad o el cese
de funciones de las autoridades elegidas por voto ciudadano. Pero así
como este es un recurso que el ciudadano tiene para despojar a un
funcionario de la confianza que recibió en las urnas, también deberían
aquilatarse las razones para un pedido de esta magnitud.
Al cumplirse el plazo para este tipo de solicitudes, resulta que
el fantasma de la revocatoria de su mandato pesa sobre los nueve
alcaldes de las ciudades capitales del país. Asimismo, se admitieron
demandas contra tres gobernadores, varios concejales y diputados
uninominales. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) cerró el plazo de
solicitudes en todo el país con 237 iniciativas de revocatorias de
mandatos para autoridades electas. Del total, 227 corresponden a pedidos
para revocar a autoridades subnacionales y 10 para revocar a
diputaciones uninominales de la Asamblea Legislativa.
Los pedidos para revocar el mandato de seis alcaldes ya tienen
autorización y seguirán el procedimiento, que requiere registrar libros
con firmas de los electores en un número proporcional a los registros
del Padrón Electoral para la suscripción específica. A último momento,
antes del cierre, el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) recibió
pedidos para revocar a los alcaldes de Santa Cruz, Percy Fernández; de
Tarija, Rodrigo Paz Pereira; y de La Paz, Luis Revilla. Asimismo, se han
presentado trámites para la revocatoria de los gobernadores de Beni,
Tarija, Cochabamba, Chuquisaca y Potosí, que se encuentran sin
definición.
El OEP recibió en todo el país 237 solicitudes de revocatorias de
mandatos para autoridades electas. La revocatoria de mandato se basa en
la Constitución y consiste en una iniciativa ciudadana que requiere las
firmas y huellas dactilares estampadas en libros de las personas que
están de acuerdo con la demanda. Tienen 90 días calendario para la
recolección de firmas. Los libros deberán ser devueltos al Tribunal
Electoral departamental que se encargará de verificar la información en
un plazo de 60 días. Se anunció que las urnas para el referendo dirigido
a definir el futuro de estas autoridades cuestionadas se establecerán
en noviembre de este año. El caso de las demandas presentadas a última
hora se definirá en una vez que se verifique el cumplimiento de todos
los requisitos.
El Tribunal Electoral rechazó en una primera instancia los
pedidos de revocatoria del mandato del alcalde Luis Revilla que habían
sido presentados por una junta de vecinos y por una organización de
choferes, sin cumplir con los requisitos necesarios. Lo mismo ocurrió
con una demanda contra la alcaldesa de El Alto Soledad Chapetón. Pero
antes del cierre del plazo, se presentaron personas a título personal
para pedir la revocatoria del alcalde Revilla. El trámite está en
proceso.
Recordemos que la CPE dispone que el referendo revocatorio
procederá por iniciativa ciudadana, a solicitud de al menos el 15% de
votantes del padrón electoral de la circunscripción que eligió al
funcionario, en el caso actual hay 237 pedidos que incluyen a 3
gobernadores, 9 alcaldes, 10 diputados uninominales y el resto son
concejales y miembros de asambleas legislativas departamentales