Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: miércoles 20 de marzo de 2019
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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“En mi criterio, por el bien de la justicia constitucional, esta persona debería renunciar al cargo que está ejerciendo”, sostuvo el diputado Borda.
El oficialista agregó que el TCP “es un alto tribunal constitucional”, que en algún momento dirimirá “conflictos de reivindicación de derechos, por ejemplo en favor de la mujer, y cómo cuestionar, cómo invocar prioridad de derechos cuando tiene este tipo de antecedentes”.
La jefa de bancada del MAS en Diputados, Betty Yañíquez, manifestó que Ceballos debe dimitir “para defenderse en el llano”. “Debería renunciar para defenderse desde el llano y no exista ninguna susceptibilidad”, expresó la legisladora.
El 10 de marzo, Ceballos fue denunciado por su esposa ante la Fiscalía de Sucre por violencia intrafamiliar. No obstante, la mujer desistió del proceso y sostuvo que se trató “sólo de una discusión”.
El 15 de marzo, Ceballos pidió licencia en tanto dure la investigación en su contra por violencia intrafamiliar. “Es una cuestión ética y en lo personal he tomado la decisión de solicitar al presidente del TCP una licencia, mientras se resuelva el caso”, dijo el magistrado.
El tribuno admitió que agredió a su esposa y justificó el hecho al “acaloramiento” del momento.
Un día después, 41 instituciones emitieron un pronunciamiento en el que exigieron la dimisión del magistrado Ceballos. “Demandamos a la autoridad denunciada (Orlando Ceballos) como autor confeso de un delito de violencia contra la mujer a presentar renuncia a su cargo como magistrado al Tribunal Constitucional Plurinacional, por la incompatibilidad de sus actos con la función judicial”, se lee en el pronunciamiento de las organizaciones, redes y colectivos que defienden los derechos humanos.
Las 41 organizaciones expresaron que el magistrado Ceballos debe dimitir al cargo porque quienes ejercen funciones en el Tribunal Constitucional Plurinacional, “máximo tribunal en materia de justicia constitucional, deben acreditar alta integridad y una conducta ética irreprochable, reconocida públicamente y que no pueda ser objeto de condenas, señalamientos, denuncias u objeciones”.