Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: lunes 18 de marzo de 2019
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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“Demandamos a la autoridad denunciada (Orlando Ceballos) como autor confeso de un delito de violencia contra la mujer a presentar renuncia a su cargo como magistrado al Tribunal Constitucional Plurinacional, por la incompatibilidad de sus actos con la función judicial”, se lee en el pronunciamiento de las organizaciones, redes y colectivos defensoras de los derechos humanos.
El 10 de marzo, Ceballos fue denunciado por su esposa ante la Fiscalía de Sucre por violencia intrafamiliar, pero ésta desistió de la demanda. No obstante, la Fiscalía comunicó que de oficio continuará con las investigaciones.
Frente a esa decisión y luego que el ministro de Justicia, Héctor Arce, sugirió al TCP definir una licencia temporal, el magistrado Ceballos -el 15 de marzo- solicitó licencia en tanto dure la investigación por violencia contra su esposa.
Las 41 organizaciones consideran que Ceballos debe dimitir al cargo porque quienes ejercen funciones en el TCP, “máximo tribunal en materia de justicia constitucional, deben acreditar alta integridad y una conducta ética irreprochable, reconocida públicamente y que no pueda ser objeto de condenas, señalamientos, denuncias u objeciones”.
Agregan que una autoridad judicial debe mantener estándares elevados “no sólo en el ejercicio de la función judicial sino también en su vida particular”.
Recordaron en mayo de 2018 el juez Roberto Caldas, uno de los siete jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, luego de ser denunciado por violencia intrafamiliar, presentó renuncia a su cargo.
El pedido de las organizaciones se suma al de expertas y líderes políticas. En una anterior oportunidad, Tomasa Yarhui, abogada y política de oposición, señaló que Ceballos ya no puede ser miembro del TCP “porque así manda la Constitución y la ley, así la víctima haya retirado la denuncia, tal vez hubo presión”.
El artículo 114 de la Constitución establece que queda prohibida toda forma de violencia. Agrega que “los servidores públicos o las autoridades públicas que las apliquen, instiguen o consientan, serán destituidas y destituidos, sin perjuicio de las sanciones determinadas por la ley”.
En ese marco, las instituciones afirman que un miembro del más alto tribunal, garante de los derechos fundamentales en nuestro país, debiera conocer que el Estado boliviano, en el marco de los mandatos constitucionales y los compromisos internacionales que adquirió al ratificar la Convención de Belem do Pará (1994), “tiene el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar, juzgar y sancionar todos los actos de violencia contra las mujeres”.
Otras demandas
- Exhorto Las organizaciones defensoras de los derechos humanos exhortan a la Fiscalía a actuar de oficio “en este caso hasta su conclusión con una sentencia, con base en una investigación oportuna y transparente que garantice el máximo escrutinio a la conducta del magistrado denunciado, toda vez que se trata de un servidor público”.
- Seguimiento También piden al Órgano Judicial cumplir con las obligaciones inherentes al Estado en materia de lucha contra la violencia hacia las mujeres, cuya erradicación es prioridad nacional, y a no dejar este caso en la impunidad.
- Garantías También solicitan a las autoridades otorgar medidas inmediatas de protección a la denunciante.