Medio: La Patria
Fecha de la publicación: miércoles 07 de febrero de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
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Del total de las solicitudes presentadas, cuyo plazo finalizó el lunes de esta semana, 227 corresponden a pedidos para revocar a autoridades sub nacionales y 10 para revocar a diputados uninominales de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Es importante señalar que el periodo de solicitud para la habilitación de impresión de formatos de libros para el llenado de adherentes, comenzó el 14 de diciembre de la gestión pasada y terminó también el lunes 5 de febrero a las 24:00 horas, según establece el Cronograma de Presentación de Solicitudes de Revocatoria de Mandato aprobado por la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Por tanto, este panorama se refleja de la siguiente manera, en el departamento de Tarija es donde se registra el mayor número de peticiones de revocatorio para autoridades sub nacionales, 44 en total; a ello sigue el departamento de Santa Cruz con 39, La Paz con 36, Potosí con 29, Cochabamba con 25, Beni con 20, Oruro con 14, Chuquisaca con 11 y Pando con 9.
En cuanto a las autoridades sujetas a este proceso, se indicó que las 10 solicitudes de revocatoria para diputados uninominales en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) fueron aceptadas. En una información más precisa, estos procesos van en contra de, Víctor Alonzo Gutiérrez Flores, representante de la C 20 de Cochabamba; Sandra Cartagena López, representante de la C 21 también de Cochabamba; Francisco Cuellar Ríos representante de la C 2 de Chuquisaca; Sabelio Estrada de la C 48; Adriana Arias de la C 49; Anacleta Ampuero de la C 55 y Eusebia Fernández de la C 56; Edgar Montaño Rojas de la C 50; todos de Santa Cruz; Ana Claudia Torres Diez de la C 63 de Pando y Carol Mireya Montaño Roca de la C 11 de La Paz. Las solicitudes también alcanzan a sus respectivas suplencias, mismas que se encuentran en proceso de revisión de los requisitos presentados por las o los ciudadanos que impulsan la iniciativa.
PERIODO DE
ADHESIONES
De acuerdo al procedimiento establecido en los procesos de revocatoria de mandato, una vez que se dé viabilidad a la solicitud de impresión de libros, los ciudadanos que van promoviendo esta iniciativa cuentan con 90 días de plazo para el trabajo de recolección de firmas y huelas dactilares, además de los datos personales y que estos estén inscritos debidamente en el Padrón Electoral.
En cuanto a los porcentajes establecidos, cuando se trate de autoridades nacionales deberá ser de por lo menos el 25% de adhesión de ciudadanos inscritos; para autoridades departamentales y regionales, el 25%; y para autoridades municipales, el 30%.
Cumplidos los 90 días, los libros deberán ser devueltos a los tribunales electorales departamentales para dar paso al proceso de verificación, el cual comprenderá 60 días.
Este informe será elevado a la Sala Plena, que finalmente se encargará de aceptar o rechazar la iniciativa.
Según manda la Ley Nº 026 de Régimen Electoral, la o las revocatorias de mandato serán convocadas mediante Ley que emita la Asamblea Legislativa Plurinacional, sobre la base del informe que le remita el TSE con todos los antecedentes de las iniciativas que cuenten con la Resolución de Aceptación.
Sobre los presupuestos, la norma prevé que la impresión de los libros será asumida por las y los ciudadanos impulsores de la iniciativa; mientras que, en caso de aprobarse la solicitud de revocatoria, la organización, administración y ejecución del proceso serán cubiertos con presupuestos de los gobiernos sub nacionales correspondientes, y por el Tesoro General de la Nación cuando se traté de una autoridad nacional.