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Medio: La Razón
Fecha de la publicación: martes 12 de marzo de 2019
Categoría: Consulta previa
Subcategoría: Consultas en materia hidrocarburífera
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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En la senda de los avances consagrados en el Convenio 169 de la OIT (1989) y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas (2007), la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2009) reconoce el derecho a la consulta previa. Lo reconoce como mecanismo de la democracia directa y participativa, por un lado, y como derecho colectivo de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, por otro. Dicha consulta es obligatoria y debe ser libre e informada.
En el caso de la reserva de Tariquía existen diferentes criterios sobre la consulta previa, ya realizada, para la ejecución del proyecto San Telmo. ¿Cuál es el sujeto? O mejor: ¿quiénes debieron ser consultados? Según el titular de Hidrocarburos, la consulta se hizo con las comunidades (Chiquiacá Norte y Centro) ubicadas en el área de influencia del proyecto, las cuales dieron su validación. Otras voces sostienen que debió haberse ampliado la consulta, al menos, a las comunidades de toda la reserva.
Otra cuestión tiene que ver con la temporalidad de la consulta: ¿cuándo se hace para que efectivamente sea previa? El tema ya fue objeto de debate respecto a la carretera en el TIPNIS. Según un asambleísta opositor, la consulta debió realizarse antes de suscribir el contrato de exploración con la empresa brasileña Petrobras. En criterio del Gobierno, el carácter previo de la consulta está garantizado porque aún no se ejecutó el proyecto. Además de que ya se cuenta con el estudio de impacto ambiental.
Precisamente otro asunto en discusión se refiere a la medición de impacto. Al respecto circulan diferentes datos, no siempre respaldados en estudios técnicos. Desde la cartera de Hidrocarburos se asegura que el impacto ambiental del proyecto será de tan solo el 0,024% del territorio. En cambio, la gobernación opositora de Tarija sostiene que la afectación será nada menos que del 33%. Hay demasiada diferencia entre unos y otros. Fallan los parámetros de medición o alguien falta a la verdad.
Más allá del inconcluso debate acerca del derecho a la consulta previa, cuyo ejercicio no cuenta todavía con una ley marco, lo evidente es que el proyecto San Telmo en la reserva de Tariquía cuenta incluso con licencia ambiental. Y se prevé su pronta ejecución. Queda en agenda la discusión sobre la necesidad —y la viabilidad— de buscar equilibrio entre proyectos extractivistas, que generan recursos, y el necesario respeto a los derechos de la naturaleza, que garantiza la reproducción de la vida.