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Medio: El Día
Fecha de la publicación: miércoles 07 de febrero de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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Autoridades de oposición y constitucionalistas consideran que los tribunos deben revisar la sentencia que emitieron los exmagistrados, dando vía libre a la reelección indefinida de autoridades electas del país.
Insisten en que existen vicios de nulidad, que deben ser tomados en cuenta para iniciar un nuevo proceso de evaluación sobre la Acción abstracta que presentó el Movimiento Al Socialismo meses atrás para permitir la continuidad de Evo Morales en el poder.
Desconfianza. La denuncia de supuesto "fraude procesal" en el fallo que dictó el TCP sobre la reelección indefinida, aún mantiene la atención de la población.
Días atrás el constitucionalista Carlos Alarcón denunció que la sentencia 0996/2017 sobre el caso Focas emitida el 25 de septiembre, citó parte del texto de la sentencia 0084/2017 sobre la reelección indefinida que recién se diera a conocer el 28 de noviembre, es decir dos meses después de que la sentencia de Focas se emitiera.
Por este hecho, el pasado lunes, el exmagistrado del TCP, Zenón Bacarreza, señaló que existió un error en la fecha de la sentencia.
Sin embargo, los abogados constitucionalistas Alarcón y Carlos Börth, pusieron en duda el “error involuntario”.
Acciones. Por tal motivo, la oposición, los cívicos y los expertos constitucionalistas, centran sus miradas hacia el actual TCP, para que revierta esta situación anulando la sentencia de la reelección indefinida y haciendo una revisión para un nuevo fallo.
Alarcón presentará mañana una acción para que los actuales magistrados anulen el fallo.
Por su parte, los parlamentarios de oposición convocarán al presidente del TCP, Petronilo Flores, a que responda ante la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). "Hemos planteado una petición de informe oral al presidente del Tribunal Constitucional para que comparezca ante el Senado y explique cómo se hacen ciertas manipulaciones, que se ha denunciado como fraude procesal", dijo.
Por su parte Edwin Herrera, de Sol.bo, aunque afirmó no tener mucha esperanza de que los actuales magistrados reviertan ese documento, advirtió que de no hacerlo el caso podría llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), considerando un fraude para los bolivianos.
Los cívicos también se pronunciaron exhortando a los nuevos tribunos que tomen en cuenta las irregularidades y reconsideren el tratamiento de dicho recurso. "Es un error tremendo y se debe revisar porque con esto queda claro que existen varios vicios de nulidad. Si tienen dignidad y ética, el fallo debe ser anulado", opinó el presidente cívico de Santa Cruz, Fernando Cuéllar.
Defensa. Aunque hasta el momento no se han pronunciado de forma oficial los magistrados del TCP, desde el MAS, legisladores sí lo hicieron.
El diputado Lino Cárdenas (MAS) sostuvo que el problema de las fechas se puede solucionar con un recurso de complementación y enmienda, porque los fallos son emitidos por humanos y son susceptibles de correcciones. "El fallo sobre la reelección indefinida no se toca. La sentencia sobre la repostulación se dictó basado en derecho, está plenamente vigente y tiene valor de cosa juzgada", afirmó.
Observaciones. Sin embargo, según la publicación de Erbol, la Gaceta Oficial del TCP, muestra que la Sentencia Constitucional a favor de Samuel Doria Medina en el caso Focas, figura con fecha 25 de septiembre de 2017, y no como dijo el exmagistrado Bacarreza en fecha 28 de diciembre de 2017.
El portal digital muestra que otras sentencias con voto disidente identifica al magistrado y explica las causas, pero en el caso Focas, no ocurre lo mismo con Mirtha Camacho.
45 Días
Tenían los magistrados para analizar la acción que presentó el MAS.
21 De febrero
Del año 2016 los bolivianos votaron en contra de la reelección.