Medio: Oxígeno Digital
Fecha de la publicación: martes 06 de febrero de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
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El OEP recibió en total 237 pedidos de revocatoria; 66 fueron aceptados y 149 están en revisión
227 corresponden a pedidos para revocar a autoridades subnacionales y 10 para revocar a diputados uninominales de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El Órgano Electoral Plurinacional (OEP) recibió en todo el país 237 solicitudes de revocatorias de mandatos para autoridades electas, de las cuales 227 corresponden a pedidos para revocar a autoridades subnacionales y 10 para revocar a diputados uninominales de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
La etapa de solicitudes de habilitación para la impresión de formatos de libros para el llenado de adherentes comenzó el 14 de diciembre de 2017 y terminó el lunes 5 de febrero, según establece el Cronograma de Presentación de Solicitudes de Revocatoria de Mandato aprobado por la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para este proceso.
A nivel regional, en el departamento de Tarija es donde se registra el mayor número de peticiones de revocatorio para autoridades subnacionales, 44 en total; le siguen el departamento de Santa Cruz con 39, La Paz con 36, Potosí con 29, Cochabamba con 25, Beni con 20, Oruro con 14, Chuquisaca con 11 y Pando con nueve.
A la fecha, de este total de solicitudes que se recibieron en los TED, las Salas Plenas habilitaron 66 solicitudes para la impresión de los libros de adhesión ciudadana, otras 12 fueron rechazadas y 149 aún se encuentran en proceso de revisión de los trámites.
Existen 10 solicitudes nacionales
De la misma forma, las únicas diez solicitudes para revocar a autoridades nacionales y que llegaron a la oficina de Secretaría de Cámara del TSE corresponden a diputados uninominales.
Éstos son: Víctor Alonzo Gutiérrez Flores (Cochabamba); Sandra Cartagena López, (Cochabamba); Francisco Cuellar Ríos (Chuquisaca); Sabelio Estrada (Santa Cruz); Adriana Arias (Santa Cruz); Anacleta Ampuero (Santa Cruz); Eusebia Fernández (Santa Cruz); Edgar Montaño (Santa Cruz); Ana Claudia Torres Diez (Pando) y Carol Mireya Montaño Roca (La Paz). Las solicitudes también alcanzan a sus respectivas suplencias.
Las diez peticiones se encuentran en proceso de revisión de los requisitos que presentados por las y las o los ciudadanos que impulsan la iniciativa.
Las adhesiones ciudadanas deberán recogerse en 90 días
Según el procedimiento establecido en el Reglamento de Condiciones Administrativas para los Proceso de Revocatoria de Mandato, a partir de la aprobación de la solicitud de impresión de los libros, los promotores de la iniciativa cuentan con 90 días calendario para la recolección del porcentaje mínimo de los datos personales firmas y huellas dactilares de las y los ciudadanos adherentes.
Las adhesiones deberán corresponder a las y los ciudadanos que se encuentran registrados en el Padrón Electoral correspondiente a la circunscripción electoral donde se impulsa la iniciativa.
Cuando se trate de autoridades nacionales, el porcentaje deberá ser de por lo menos el 25% de adhesión de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral nacional; para autoridades departamentales y regionales, el 25%; y para autoridades municipales, el 30%.